III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2023-23940)
Resolución de 16 de noviembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio con el Instituto para el Uso Seguro de los Medicamentos, para la elaboración y difusión de recursos para el uso seguro del medicamento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de noviembre de 2023

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actuaciones de mejora de la seguridad, con la meta de reducir los daños graves
evitables relacionados con la medicación en un 50 %, a nivel mundial.
El Ministerio de Sanidad en el marco de la Estrategia de Seguridad del Paciente, ha
considerado que el uso seguro de los medicamentos es una práctica segura que tiene
que integrarse en los servicios sanitarios para prestar una asistencia sanitaria de calidad,
y por ello es uno de los objetivos de la Estrategia en los que se ha trabajado a lo largo de
los últimos años. Además, España ha adquirido un compromiso con la OMS y se ha
sumado al reto de «Medicación sin daño».
Dado que tanto el Ministerio de Sanidad y el ISMP-España tienen intereses comunes
en el uso seguro de los medicamentos, resulta sumamente enriquecedor la colaboración
entre ambas instituciones.
II. Que según establece el Real Decreto 852/2021, de 5 de octubre, por el que se
modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y el Real
Decreto 735/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del MS, corresponde al MS, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en
materia de salud, de planificación y asistencia sanitaria, así como el ejercicio de las
competencias de la Administración General del Estado para asegurar a los ciudadanos el
derecho a la protección de la salud.
III. Que entre las funciones que le corresponden al MS, figuran las de planificar,
desarrollar y evaluar planes o estrategias de salud, promoviendo la mejora de la calidad
asistencial en el Sistema Nacional de Salud (en adelante SNS) de determinados grupos
de pacientes o de patologías de alta prevalencia o gran impacto sanitario, social y
económico, con especial atención a la organización y coordinación de la asistencia
sanitaria, la equidad, la seguridad del paciente y la reducción de las desigualdades en la
prestación de la asistencia sanitaria, en colaboración con otros organismos e
instituciones implicadas. Así como promover la participación y empoderamiento de los
pacientes y sus familias en la mejora de la calidad del SNS, promoviendo la difusión de
información contrastada, relevante, actualizada y veraz, y facilitando su incorporación en
las líneas de mejora de la calidad asistencial y seguridad del paciente. Y establecer,
desarrollar e implementar líneas estratégicas sobre excelencia clínica, generación y
difusión del conocimiento y la implantación de buenas prácticas, para mejorar la calidad
asistencial y disminuir la variabilidad de la práctica clínica y las intervenciones sanitarias
de escaso valor en el SNS, promoviendo la participación de los profesionales y los
pacientes, en colaboración con otros organismos e instituciones implicadas.
Promover una asistencia sanitaria segura en todos los niveles y ámbitos del SNS,
fomentando la implantación de prácticas seguras, así como garantizando la
identificación, registro, análisis y gestión de los riesgos y los daños asociados a la
asistencia sanitaria, con una orientación hacia el aprendizaje y resolución de problemas,
en colaboración con otros organismos e instituciones implicadas.
IV. Que en cumplimiento de las previsiones recogidas en la Ley 16/2003, de 28 de
mayo, de Cohesión y Calidad del SNS, y ante la responsabilidad de la mejora de la
calidad en los servicios sanitarios públicos, el MS viene trabajando desde el año 2005 en
la Estrategia de Seguridad del Paciente, con el propósito de mejorar la seguridad del
paciente en todos los niveles y ámbitos asistenciales, así como estableciendo objetivos y
recomendaciones orientados a minimizar los riesgos asistenciales y reducir el daño
asociado a la asistencia sanitaria.
V. Que el ISMP-España constituye una de las delegaciones internacionales del
Institute for Safe Medication Practices (ISMP), cuyo objetivo es trabajar para prevenir los
errores de medicación y reducir los daños evitables causados por los medicamentos,
siendo un referente internacional en la seguridad del uso de los medicamentos, por su
capacidad para aportar información rigurosa e independiente a los profesionales y a los
sistemas de salud.
VI. El ISMP-España constituye una entidad sin ánimo de lucro creada para facilitar
el establecimiento de acuerdos y convenios con cualquier entidad u organismo público y

cve: BOE-A-2023-23940
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 281