III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2023-23841)
Resolución de 18 de octubre de 2023, del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, por la que se publica el Convenio con el Instituto Geográfico Nacional y la Comunidad Autónoma de Galicia, para la obtención de una cobertura de imágenes aéreas y ortofotos de 2023 de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Jueves 23 de noviembre de 2023
Cuarta.

Sec. III. Pág. 155996

Obligaciones del CNIG.

El CNIG, en virtud de sus competencias, está interesado en realizar las siguientes
operaciones y se compromete a las siguientes actuaciones:
– Mejora de la resolución de la ortofoto pasando de ortofoto básica de 25cm/píxel a
ortofoto básica de 15cm/píxel.
– Distribución de los datos generados en el ámbito de este convenio a la Comunidad
de Galicia, en particular:
● Copia digital del vuelo fotogramétrico de 18 cm de tamaño de píxel realizado en el
año 2023.
● Copia digital de las ortofotos provisionales rápidas de 15 cm a partir del vuelo
anterior.
● Copia digital de las ortofotos básicas definitivas de 15 cm de tamaño de píxel con
calidad PNOA25.
● Demás productos, generados a partir del vuelo fotogramétrico anterior.
La entrega de los productos se efectuará conforme a las especificaciones PNOA
aplicables y de acuerdo con el anexo I.
Quinta. Obligaciones de la Comunidad de Galicia.
El Instituto de Estudios del Territorio, organismo autónomo de la Consejería de Medio
Ambiente, Territorio y Vivienda, asume el compromiso de cubrir los gastos derivados de
mejorar los productos a generar por el CNIG e IGN en los siguientes aspectos:
– Mejora de la resolución del vuelo PNOA, pasando de un VF de 22 cm/píxel a VF
a 18 cm/píxel.
– Control de calidad del vuelo mejorado de 22 cm/píxel a VF a 18 cm/píxel.
– Mejora de la resolución de la ortofoto, pasando de ortofoto básica de 25 cm/píxel a
ortofoto básica de 15 cm/pixel.
– Control de calidad de las ortofotos mejoradas.
Sexta.

Calendario de ejecución de los trabajos.

Las partes acuerdan que este calendario es indicativo y deberá ser flexible, debido a
la propia naturaleza de los trabajos a efectuar, los cuales están supeditados a
condiciones meteorológicas favorables.
En todo caso, la ejecución de los trabajos objeto del convenio será completa,
modificándose, en caso necesario, la periodización de pagos mediante la
correspondiente adenda a este convenio.
La ejecución de los trabajos objetos del presente convenio tienen la siguiente
distribución temporal indicativa.

IGN
CNIG

Ejecución del vuelo Fotogramétrico (VF) de
18 cm de tamaño de píxel (100%).

2024

2025

Control de calidad del VF mejorado de 22
cm/píxel a 18 cm/pixel (100%).

Realizar el control de calidad de las
ortofotos. (100%).

Mejora de la resolución de la Ortofoto de 25
cm/píxel a 15 cm/pixel. (53%).

Mejora de la resolución de la Ortofoto de 25
cm/píxel a 15 cm/pixel. (47%).

Por otro lado, la distribución de las entregas se reparte de la siguiente manera:
– Incremento por la mejora de la resolución del Vuelo a 18 cm: se entrega una
superficie de 24.548,08 Km2 (83 % de la superficie volada) en 2023.
– Incremento por la mejora de la resolución del Vuelo a 18 cm: se entrega una
superficie de 5.027,92 Km2 (17 % de la superficie volada) en 2024.

cve: BOE-A-2023-23841
Verificable en https://www.boe.es

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