III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2023-23841)
Resolución de 18 de octubre de 2023, del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, por la que se publica el Convenio con el Instituto Geográfico Nacional y la Comunidad Autónoma de Galicia, para la obtención de una cobertura de imágenes aéreas y ortofotos de 2023 de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Jueves 23 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 155994

Sexto.
Que el IGN y el CNIG, en cumplimiento de los objetivos del Sistema Cartográfico
Nacional [artículo 2, apartado 2.b), del Real Decreto 1545/2007] y, respetando los
correspondientes acuerdos establecidos con las AA. PP., en particular el Protocolo
General de Actuación entre el Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, el Instituto Geográfico Nacional y el Centro Nacional
de Información Geográfica, O.A. del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, para el intercambio de información geográfica, firmado el 13 de julio de 2022,
pueden disponer de las coberturas fotogramétricas y productos nominales generados
bajo el marco del PNOA.
En virtud del citado protocolo, el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) financia
y aporta la realización de los siguientes trabajos en el marco del PNOA:
– El Control de Calidad del Vuelo Fotogramétrico (sólo la parte impotable al Vuelo
Fotogramétrico Nominal).
– La generación de las Ortofotos (solo la parte imputable a la Ortofoto Nominal).
Estos trabajos, siendo necesarios para la generación de los productos, no están
incluidos en el presente convenio.
En este sentido, es de interés de las Partes que las diversas coberturas objeto de
este convenio tengan además de las condiciones nominales a desarrollar por la
Administración General del Estado, también las mejoras técnicas especificadas y
financiadas por el Gobierno de Galicia. Asimismo, la Comunidad de Galicia está
interesada en unir fuerzas con la Administración General del Estado para, entre las dos
Administraciones, lograr productos mejores que los que podría disponer cada parte de
forma individual.
Concretamente, el Gobierno de Galicia está interesado en mejorar los productos
nominales de la Administración General del Estado para que sean aplicables a las tareas
propias de su ámbito competencial, mediante las siguientes tareas:

Respecto a mejorar la resolución del vuelo PNOA y de las Ortofotos PNOA, el IGN y
el CNIG, en cumplimiento de los objetivos del Sistema Cartográfico Nacional [artículo 2,
apartado 2.b) del Real Decreto (1545/2007] y, respetando los correspondientes acuerdos
establecidos con las AA. PP., puede disponer de las coberturas fotogramétricas y
productos nominales generados bajo el marco del PNOA.
En particular las condiciones nominales con las que la AGE debe realizar el Vuelo
Fotogramétrico (VF) es con un tamaño de píxel en el terreno (GSD) de 22 cm, mientras
que a la Comunidad Autónoma de Galicia dicho VF le interesa que sea realizado con
un GSD de 18 cm.
El VF o captura y la mejora de la Ortofoto, tal y como se indica en la clausula tercera,
se llevará a cabo por parte del IGN y el CNIG respectivamente, incorporando la mejora
solicitada por la Comunidad de Galicia. En base a lo anterior, la Comunidad Autónoma
de Galicia asume el gasto derivado de la diferencia entre el valor del VF con un GSD
de 18 cm y el valor de dicho vuelo con un GSD de 22 cm. De la misma manera, la
Comunidad Autónoma de Galicia asume el gasto derivado de la diferencia entre el valor
de la ortofoto básica derivada del VF con un GSD de 18 cm y el valor de dicha ortofoto
básica derivada de un vuelo con un GSD de 22 cm.
Por tanto, la aportación de la CA de Galicia va dirigida a compensar los gastos incurridos
por las partes en la realización de las actuaciones objeto del convenio, específicamente la
mejora de los productos, sin que exista beneficio o lucro por de las Partes.

cve: BOE-A-2023-23841
Verificable en https://www.boe.es

– Mejorar la resolución del vuelo PNOA pasando de 22 cm/píxel a 18 cm/píxel.
– Mejora de la resolución de la ortofoto, pasando de ortofoto básica de 25 cm/pixel
de un vuelo a 22 cm a ortofoto básica de 15 cm/pixel de un vuelo a 18 cm.