II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2023-23805)
Resolución de 16 de noviembre de 2023, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Jueves 23 de noviembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 155766

– Por un grado personal igual al nivel del puesto al que se concursa: 8 puntos.
– Por un grado personal inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se
concursa: 6 puntos.
– Por un grado personal inferior en más de dos niveles al del puesto al que
se concursa: 4 puntos.
En este apartado se valorará, en su caso, el grado reconocido en otras
Administraciones públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, en el cuerpo o
escala desde el que participa el funcionario o funcionaria, cuando se halle dentro del
intervalo de niveles establecido en el artículo 71.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, para el subgrupo de titulación en el que se encuentra clasificado el mismo.
En el supuesto de que el grado reconocido en el ámbito de otras Administraciones
públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos exceda del máximo
establecido en la Administración General del Estado, de acuerdo con el artículo 71 del
Reglamento mencionado en el punto anterior, para el subgrupo de titulación a
que pertenezca el funcionario o la funcionaria, deberá valorarse el grado máximo
correspondiente al intervalo de niveles asignado a su subgrupo de titulación en la
Administración General del Estado.
El funcionario o la funcionaria de carrera que considere tener un grado personal
consolidado, o que pueda ser consolidado durante el periodo de presentación de
instancias, deberá recabar del órgano o unidad a que se refiere el apartado 1 de la base
quinta, que dicha circunstancia quede expresamente reflejada en el correspondiente
certificado de méritos.
2. Valoración del trabajo desarrollado. Por el desempeño de puestos de trabajo,
como personal funcionario de carrera, en el Cuerpo o Escala desde el que se participa
durante los últimos cinco años (60 meses) inmediatamente anteriores a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con los criterios
señalados a continuación, se valorará hasta un máximo de 25 puntos, distribuidos de la
siguiente forma:
– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino
igual o superior al del puesto al que se concursa: 0,4 puntos por mes trabajado.
– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de
destino inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,3 puntos por
mes trabajado.
– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino
inferior en más de dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,2 puntos por mes
trabajado.









Área de Recursos Humanos, Relaciones Laborales y Habilitación.
Área de Gestión Económica, Presupuestaria y Contratación.
Área de Tecnologías de la Información y de la Comunicación y Seguridad.
Área de Gestión de Bases de Datos Jurídicas y Documentales.
Área de Textos Legales y Publicaciones.
Área de Calidad, Transparencia y Gestión Pública.
Área de Secretarías y Registro.

cve: BOE-A-2023-23805
Verificable en https://www.boe.es

Por el desempeño de puestos de trabajo en la misma área funcional que aquella a la
que se encuentra adscrita la plaza o plazas solicitadas, se otorgará una puntuación
adicional de 1 punto. A estos efectos, se considerarán puestos de la misma área
funcional los puestos de trabajo de similar contenido técnico o especialización,
pertenecientes al ámbito de actuación que figura en la descripción de cada puesto o
relacionado con el perfil formativo exigido: