III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Seguridad privada. (BOE-A-2023-23840)
Resolución de 10 de noviembre de 2023, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas para la obtención de la habilitación como instructor de tiro del personal de seguridad privada para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Jueves 23 de noviembre de 2023
7.
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Sec. III. Pág. 155985

Tribunal calificador

Designación:

El Tribunal calificador estará constituido por los siguientes miembros de la Guardia
Civil:
Presidente: Coronel don Humberto Urruchi Barrio.
Vocales:
Teniente Coronel don Antonio Suárez Yáñez.
Comandante don Miguel Ángel García González.
Teniente don José Antonio Godoy Genovard.
Cabo 1.º don José Julián Galindo Osma.
Cabo don José Emilio Calderita Lucas.
Suplentes:

En la sesión constitutiva, el Tribunal calificador designará, de entre sus miembros, un
Secretario titular y otro suplente.
7.2 Sede del Tribunal calificador: A efectos de comunicaciones y demás
incidencias, el Tribunal calificador tendrá su sede en el Servicio de Protección y
Seguridad de la Dirección General de la Guardia Civil, calle Batalla del Salado, 32
(28045 Madrid) y en la dirección de correo electrónico: dg-seprosesegprivada@guardiacivil.org
7.3 Actuación del Tribunal calificador: El Tribunal calificador no podrá constituirse ni
actuar para sesiones de valoración de las pruebas sin la concurrencia de más de la
mitad de sus miembros. Para sesiones de simple ejecución de pruebas o cuando estas
deban ser llevadas a cabo por asesores especialistas, bastará la intervención de un
miembro del Tribunal calificador comisionado por este para asegurar su correcta
realización y trasladarle los resultados de las pruebas.
Al Tribunal calificador le corresponde desarrollar y calificar las pruebas y resolver
cuantas dudas puedan surgir en la aplicación de estas bases así como respecto a lo que
deba hacerse en los casos no previstos en ellas. De cada sesión del Tribunal calificador
se levantará el acta correspondiente.
En cualquier fase del procedimiento, los errores de hecho podrán ser subsanados
por el Tribunal calificador o, en su defecto, por esta Dirección General, de oficio o a
instancia de parte.
7.4 Nombramiento de asesores y colaboradores: El Tribunal calificador podrá
designar, para todas o alguna de las fases de las pruebas, a los asesores especialistas y
al personal colaborador y auxiliar que estime necesarios, quienes se limitarán al ejercicio
de las funciones que les sean encomendadas.
7.5 Abstención y recusación: Los miembros del Tribunal calificador, asesores y
colaboradores en los que concurra alguno de los supuestos de abstención previstos en
el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 01 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento y comunicar tal
circunstancia al Director General de la Guardia Civil.

cve: BOE-A-2023-23840
Verificable en https://www.boe.es

Capitán don José Antonio Domínguez Reglado.
Capitán doña María Luz Pérez González.
Teniente don Ángel Sánchez Nieto.
Teniente don Javier Rodríguez Díaz.
Sargento don Pedro Francisco Monago Izquierdo.
Sargento don Jorge Muñoz Noval.
Guardia Civil don Mariano Blanco Hernández.
Guardia Civil doña Rocío López Jardón.
Guardia Civil doña Helena Bohorquez Daneri.