III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Entidades de seguros. (BOE-A-2023-23863)
Orden ETD/1263/2023, de 8 de noviembre, de autorización administrativa de cesión de la cartera de contratos de seguro del ramo de enfermedad por parte de Compañía de Seguros Previsión Médica, SA, a Agrupación Sanitaria de Seguros, SA, y de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora a la entidad cedente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Jueves 23 de noviembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
23863

Orden ETD/1263/2023, de 8 de noviembre, de autorización administrativa de
cesión de la cartera de contratos de seguro del ramo de enfermedad por
parte de Compañía de Seguros Previsión Médica, SA, a Agrupación Sanitaria
de Seguros, SA, y de revocación de la autorización administrativa para el
ejercicio de la actividad aseguradora a la entidad cedente.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 89.1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio,
de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras,
la entidad Compañía de Seguros Previsión Médica, SA, inscrita en el Registro
administrativo de entidades aseguradoras con clave C0353, y la entidad Agrupación
Sanitaria de Seguros, SA, inscrita en el citado Registro administrativo con la clave
C0437, han presentado, con fecha 19 de julio de 2023, solicitud de autorización
administrativa para llevar a cabo la operación de cesión total de cartera en virtud de la
cual la entidad Compañía de Seguros Previsión Médica, SA, cederá la totalidad de su
cartera de contratos de seguro a la entidad Agrupación Sanitaria de Seguros, SA, la cual
se subrogará en todos los derechos y obligaciones inherentes a la cartera cedida.
De conformidad con los artículos 169.4.a) y 172.2 de la Ley 20/2015, de 14 de julio,
de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras,
la cesión total de la cartera de contratos de seguro que afecte a todos los ramos en los
que opere la entidad implica la revocación de la autorización administrativa para el
ejercicio de la actividad aseguradora y es causa de disolución, salvo, en relación a esto
último, que la entidad modifique su objeto social para desarrollar una actividad distinta de
las enumeradas en el artículo 3.1 de la citada Ley. En este caso, la Junta General
Ordinaria de la entidad Compañía de Seguros Previsión Médica, SA, acordó con
fecha 28 de junio de 2023, la modificación de su objeto social para el desarrollo de
actividades ajenas a la actividad aseguradora.
De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada se concluye que se ha
dado cumplimiento a los requisitos establecidos en los artículos 89, 169.4.a), 172.2
y 181.6 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las
entidades aseguradoras y reaseguradoras, y en los artículos 99 y 100 del Real
Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las
entidades aseguradoras y reaseguradoras, para llevar a cabo la operación de cesión de
cartera descrita y la revocación a la entidad cedente de la autorización administrativa
para el ejercicio de la actividad aseguradora.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de
Pensiones, he resuelto:

Autorizar, en los términos de la solicitud presentada, la cesión total de cartera en
virtud de la cual la entidad Compañía de Seguros Previsión Médica, SA, cederá la
cartera de contratos de seguro del ramo de enfermedad a la entidad Agrupación
Sanitaria de Seguros, SA.
Segundo.
Revocar la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora a
la entidad Compañía de Seguros Previsión Médica, SA.

cve: BOE-A-2023-23863
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Primero.