II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Bajas. (BOE-A-2023-23755)
Orden EFP/1257/2023, de 16 de noviembre, por la que, en aceptación de renuncia, se declara la pérdida de la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de don Miguel Fernando Azaola Sáenz.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Jueves 23 de noviembre de 2023

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
23755

Orden EFP/1257/2023, de 16 de noviembre, por la que, en aceptación de
renuncia, se declara la pérdida de la condición de funcionario de carrera del
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de don Miguel Fernando
Azaola Sáenz.

La Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad Autónoma de
Madrid, por Resolución de 2 de noviembre de 2023 de la Dirección General de Recursos
Humanos, acepta la renuncia a la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de
Profesores de Enseñanza Secundaria, presentada por don Miguel Fernando Azaola
Sáenz, con Número de Registro Personal ****674557 A0590.
Considerando que el artículo 63 a) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, dispone que la renuncia a la condición de funcionario, es una de las
causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la
Comunidad Autónoma de Madrid,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.
Declarar la pérdida de la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de
Profesores de Enseñanza Secundaria de don Miguel Fernando Azaola Sáenz, con
Número de Registro Personal ****674557 A0590 y Documento Nacional de Identidad
****6745, causando baja en el citado Cuerpo con fecha de efectos de 22 de octubre
de 2023.
Segundo.

Madrid, 16 de noviembre de 2023.–La Ministra de Educación y Formación
Profesional, P.D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), el Subsecretario de Educación y
Formación Profesional, Liborio López García.

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Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 46.1
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.