III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2023-23850)
Orden APA/1258/2023, de 16 de noviembre, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones frutícolas comprendido en el Cuadragésimo Cuarto Plan de Seguros Agrarios Combinados.
34 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Jueves 23 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 156089

ANEXO IV
Periodos de garantías
Garantía

Período de garantía

Riesgos

Inicio

Pedrisco.

Final

Estado fenológico «D».
Fauna silvestre.
Incendio.

Estado fenológico «D».

Inundación-lluvia
torrencial(1).
Riesgos excepcionales.

Lluvia persistente.

Producción.
Viento huracanado.

Albaricoque: 30 de septiembre de 2024.
Ciruela: 15 de octubre de 2024.
Albaricoque: Fruto 15 mm.
Manzana de mesa: 30 de noviembre de
Ciruela: Fruto 10 mm.
2024.
Manzana de mesa: Fruto
Melocotón: 31 de octubre de 2024.
15 mm.
Pera: 10 de noviembre de 2024.
Melocotón: Fruto 20 mm.
Manzana de sidra: 15 de noviembre de 2024.
Pera: Fruto 15 mm.
Manzana de sidra: Fruto
15 mm.

Helada.

Estado fenológico «D».

Resto de adversidades climáticas (2).

Estado fenológico «D» (3).

Falta de cuajado.

Estado fenológico «D».

Albaricoque: Fruto 15 mm.
Ciruela: Fruto 10 mm.
Manzana de mesa: Fruto 15 mm.
Melocotón: Fruto 20 mm.
Pera: Fruto 15 mm.

Plantación.

Todos los de la garantía a la producción.

Toma de efecto y nunca
antes de la implantación
(arraigue) en la parcela.

Doce meses.

Instalaciones.

Todos los de la garantía a la producción.

Toma de efecto.

Doce meses.

(1) El inicio de garantías en el seguro complementario será el especificado para los riesgos de Lluvia persistente y Viento huracanado.
(2) Entre dichas adversidades se incluirán asimismo los daños ocasionados por los riesgos de lluvia persistente y viento huracanado, ocurridos entre el estado
fenológico «D» y los calibres establecidos para el inicio de garantías de dichos riesgos, excepto para los cultivos especificados en el apartado siguiente.
(3) Para los cultivos en ámbitos sin cobertura de falta de cuajado (según lo especificado en el anexo I), el inicio de garantías será cuando el fruto alcance un
tamaño de 3 cm de diámetro.

ANEXO V
Periodos de suscripción
V.1 Módulo 1, 2 y 3M: Para los cultivos de Albaricoque, Ciruela, Manzana de mesa,
Manzana de sidra, Melocotón y Pera.
Inicio suscripción

Ámbito de aplicación

Comunidades Autónomas de Andalucía, Región de Murcia, Comunitat
Valenciana y Comarca de Hellín (Albacete).
Principal.

1 de diciembre de 2023. Comunidad Autónoma de Extremadura.

Final suscripción

20 de enero de 2024.
31 de enero de 2024.

Comarca de El Bierzo (León).

10 de marzo de 2024.

Resto del ámbito.

28 de febrero de 2024.

cve: BOE-A-2023-23850
Verificable en https://www.boe.es

Seguro