III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Homologaciones. (BOE-A-2023-23713)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Industria del Departamento de Empresa y Trabajo, por la que se prorroga la autorización al Col·legi Oficial de Joiers, Orfebres, Rellotgers i Gemmòlegs de Catalunya, como laboratorio C-2 autorizado para el ensayo y contraste de objetos fabricados con metales preciosos (oro, plata y platino).
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Miércoles 22 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 155520

Fundamento jurídico
I. La Ley 17/1985, de 1 de julio, de objetos fabricados con metales preciosos (BOE
n.º 158, de 3 de julio de 1985) y el Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, que
aprueba el Reglamento que la desarrolla (BOE n.º 60, de 10 de marzo de 1988).
II. La Orden de 15 de diciembre de 1988, de aplicación del Reglamento de la
Ley 17/1985 de objetos fabricados con metales preciosos (DOGC n.º 1085, de 23 de
diciembre de 1988).
III. El Decreto 21/2021, de 25 de mayo, de creación, denominación y determinación
del ámbito de competencia de los Departamentos de la Administración de la Generalidad
de Cataluña (DOGC núm. 8418, de 26 de mayo de 2021).
Sobre la base de lo expuesto, resuelvo:
Primero.
Autorizar la prórroga del laboratorio C-2 del Col·legi Oficial de Joiers, Orfebres,
Rellotgers i Gemmòlegs de Catalunya (CIF G63022644), ubicado en la calle de Sant
Elies, n.º 11-19, apartamentos 72-79, de Barcelona, como laboratorio autorizado para el
ensayo y contraste de garantía de objetos fabricados con metales preciosos con las
mismas facultades que los oficiales, con el alcance siguiente: oro, plata y platino.
Segundo.
Esta autorización tiene una validez de tres años, desde la fecha de la presente
resolución.
Tercero.
Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, en el caso de precisar su
prórroga, la entidad o el titular de la misma, la solicitará a la Dirección General de
Industria del Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalidad de Cataluña.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer
recurso de alzada ante el secretario de Empresa y Trabajo en el plazo de un mes, a
contar del día siguiente de su notificación, sin perjuicio que se pueda hacer uso de
cualquier otro recurso que se considere oportuno.

cve: BOE-A-2023-23713
Verificable en https://www.boe.es

Barcelona, 7 de noviembre de 2023.–El Director General de Industria, P.D.
(Resolución EMT/3164/2021, de 20 octubre), el Subdirector General de Seguridad
Industrial, Florenci Hernández Cardona.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X