II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2023-23644)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Miércoles 22 de noviembre de 2023

Sec. II.A. Pág. 155123

La calificación de la segunda parte del ejercicio será de 0 a 20 puntos. Las personas
aspirantes deberán obtener un mínimo de 10 puntos para superarla. La calificación de
las personas aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de
los criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente
convocatoria, siempre y cuando no sean restrictivas para las mismas.
La duración máxima de esta segunda parte será de una hora y veinte minutos.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar con anterioridad a la realización del primer ejercicio los criterios de
valoración, corrección y superación de las dos partes del mismo que no estén
expresamente establecidos en esta convocatoria.
La celebración de este primer ejercicio se realizará dentro de un plazo máximo de
tres meses contados a partir de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado», conforme a lo previsto en el artículo 3.3 del Real Decreto 625/2023,
de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta pública de empleo para el año 2023.
De conformidad con lo previsto en el artículo 3.13 del Real Decreto 625/2023, de 11
de julio por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023, el Tribunal
hará pública la plantilla correctora correspondiente a las dos partes de este primer
ejercicio en el plazo máximo de dos días a contar desde su finalización.
Calificación del primer ejercicio: En ambas partes del ejercicio, la calificación de las
personas aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los
criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria.
La calificación vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas
en cada una de las dos partes siempre que ambas hayan sido superadas.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1. Mayor puntuación obtenida en la segunda parte del ejercicio.
2. Mayor puntuación obtenida en la primera parte del ejercicio.
3. Mayor número de aciertos obtenidos en la segunda parte del ejercicio.
4. Mayor número de aciertos obtenidos en el primer parte del ejercicio.
Si aplicados estos cuatro criterios, continuara el empate, se atenderá al orden
alfabético de actuación mencionado en la base específica 8.1.
Pasarán a la siguiente prueba únicamente aquellas personas aspirantes que
hubieran obtenido mejor puntuación, hasta el número de plazas convocadas.

Pruebas de aptitud médica: Estarán dirigidas a comprobar que no se aprecia en las
personas aspirantes ninguna de las causas de exclusión médica que se detallan en el
anexo V de esta convocatoria, que está adaptado a lo establecido en el Acuerdo de
Consejo de Ministros, de 30 de noviembre de 2018 (publicado por Orden PCI/154/2019,
de 19 de febrero, en el BOE del 20 del mismo mes), por el que se aprueban
instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal
funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas
médicas de exclusión en el acceso al empleo público.
Las pruebas médicas establecidas se realizarán bajo la supervisión del personal
facultativo de la Administración del Estado que el Tribunal designe y se realizarán en las
dependencias que se indiquen con la publicación de los resultados del segundo ejercicio.
La prueba de aptitud médica se realizará en cuantas sesiones sean precisas. Será
calificada de «Apto/Apta» o «No Apto/Apta», siendo necesario obtener la calificación de
«Apto/Apta» para poder superar esta prueba y la oposición.
Si el número de personas declaradas «Aptos/Aptas» en esta prueba fuera inferior al
número de plazas convocadas, el Tribunal podrá citar para la realización de la misma, el
número de personas aspirantes necesarias, de las que hayan superado las dos partes

cve: BOE-A-2023-23644
Verificable en https://www.boe.es

Segundo ejercicio.