III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-23624)
Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se incluye en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias el castro de L'Atalaya, sito en términos de Ponte, concejo de Soto del Barco, con la categoría de yacimiento arqueológico inventariado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278

Martes 21 de noviembre de 2023

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– El 12 de abril de 2023, se recibe informe de la Universidad de Oviedo, en el que se
señala que «La necesidad de fortalecer la protección de este punto, sea con la figura
administrativa que sea, resulta, en principio, razonable, y» […] «no hay objeción alguna
para su protección».
Asimismo, con fecha 26 de abril de 2023, se recibe comunicación de acuerdo
alcanzado por la CUOTA en sesión de 30 de marzo, en el que, en relación a las parcelas
catastrales incluidas en el área arqueológica, señala que: «Los terrenos se encuentran
en un suelo categorizado como Suelo No Urbanizable de Interés Agrícola (SNU-IAg) y
Suelo No Urbanizable de Núcleo Rural (SNU-NR), según las Normas Subsidiarias de
Planeamiento Municipal (NSPM) de Soto del Barco, cuya definición y régimen de usos se
regula en los artículos 329 a 333 de las citadas NSPM en lo referido al SNU-IAg y en los
artículos 355 a 365 en lo referido al SNU-NR».
Cuarto.
Con fecha 15 de mayo de 2023 se publicó en el «Boletín Oficial del Principado de
Asturias» el anuncio de la apertura del trámite de información pública relativa a este
expediente, no recibiéndose en su transcurso ningún escrito relativo a esta propuesta de
inclusión en el Inventario. En la misma fecha, se concedió trámite de audiencia al
Ayuntamiento de Soto del Barco, no recibiéndose alegación alguna.
Quinto.
El conjunto de la tramitación fue analizado por la Comisión Permanente del Consejo
del Patrimonio Cultural de Asturias en su sesión del día 4 de agosto de 2023,
acordándose en la misma informar favorablemente la inclusión en el Inventario del
Patrimonio Cultural de Asturias del castro de L’Atalaya, sito en términos de Ponte,
concejo de Soto del Barco, con la categoría de Yacimiento Arqueológico Inventariado.
Cumplimentados, pues, los trámites exigidos por la Ley en la instrucción del
expediente, procede culminar el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 24 de la Ley del Principado de Asturias, 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio
Cultural.
A los antecedentes de hecho, son de aplicación los siguientes
Fundamentos de Derecho
Primero.
Vistos los artículos 22 y siguientes de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6
de marzo, de Patrimonio Cultural, que regulan el procedimiento que debe seguirse para
la inclusión de un bien en el Inventario de Patrimonio Cultural, así como los artículos 29 y
siguientes del Decreto 20/2015, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
de desarrollo de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio
Cultural.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 37 del Decreto 20/15, y en aplicación de los
principios de eficacia, eficiencia y racionalización de los recursos públicos, se simplifica
el contenido del expediente de inclusión, toda vez que la documentación obrante en el
mismo es suficiente para definir los valores que hacen merecedor al castro de L’Atalaya
de su inclusión en el Inventario del Patrimonio Cultural del Asturias.

cve: BOE-A-2023-23624
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Segundo.