III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2023-23616)
Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Dirección General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias, para la cesión de uso de la aplicación informática para la valoración de la discapacidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de noviembre de 2023

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capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos
que en él se contienen y, al efecto,
EXPONEN
I
Que el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y se modifica el
Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica
básica de los departamentos ministeriales, adscribe a dicho Ministerio, a través de la
Secretaría de Estado de Derechos Sociales, la entidad gestora de la Seguridad Social
Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
Que el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, por el que se establece la
estructura orgánica y funciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (en
adelante, Imserso) atribuye a este la propuesta de normativa básica que garantice los
principios de igualdad y solidaridad para la determinación de los baremos, a los efectos
del reconocimiento del grado de discapacidad.
Igualmente, la elaboración, actualización técnica y ordenación jurídica de los
baremos para la calificación de la discapacidad y de la dependencia, así como el
mantenimiento, seguimiento y evaluación de la base de datos estatal con los resultados
de la valoración.
II
Que el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con
discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013,
de 29 de noviembre, establece un sistema especial de prestaciones económicas para las
personas con discapacidad.
A su vez, el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, regula la protección familiar por hijo
a cargo y la pensión no contributiva de invalidez para las personas que acrediten un
determinado grado de discapacidad.
III
Que la Comunidad Autónoma de Canarias es competente en materia de servicios
sociales y, en virtud de ello, ha desarrollado prestaciones, beneficios y servicios para las
personas con discapacidad, con el fin de eliminar desigualdades, mejorar su calidad de
vida y remover obstáculos que impidan su plena participación en la sociedad. Además,
es competente en materia de gestión de pensiones no contributivas de la Seguridad
Social y de prestaciones económicas para las personas con discapacidad.
IV
Que la regulación de la determinación del grado de discapacidad está contenida en
el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento
para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, con la
finalidad de que la evaluación del grado de discapacidad que afecte a la persona sea
uniforme en todo el territorio del Estado, garantizando con ello la igualdad de condiciones
para el acceso de la ciudadanía a los derechos previstos en la legislación.
Corresponde a los órganos competentes de las comunidades autónomas o, en el
caso de las ciudades de Ceuta y Melilla, al Imserso, el reconocimiento y revisión de
grado de discapacidad.

cve: BOE-A-2023-23616
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Núm. 278