III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-23610)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Sarria, para la financiación, ejecución y entrega de las obras de puesta en valor y consolidación de los restos del puente Ribeira, en Sarria (Lugo).
8 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278

Martes 21 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 154998

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la
firma del presente documento, y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
Que Sarria es zona de paso del Camino de Santiago Francés, la calle Peregrino es
parte del Camino de Santiago, y el Ponte Ribeira es tradicionalmente el puente que salva
el río Sarria.
Ya en 1711 se menciona el primer derrumbe del arco principal del puente, cuyo
origen es probablemente medieval. Nuevamente, en 1879 el arco del vano central se
derrumba y ante la falta de fondos de la Diputación Provincial y el Consistorio, se
reconstruye el puente con una pasarela de madera, que en 1932, es sustituida por un
tramo de hormigón, perdiéndose definitivamente la configuración de arcos que tenía el
puente.
La sección transversal de la estructura ha aumentado también sustancialmente con
el paso del tiempo, multiplicándose su anchura por más de dos.
La estructura ha perdido así su carácter original, que tanto el Ayuntamiento de Sarria
como la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., desean recuperar desde el punto
de vista de la conservación y puesta en valor de esta importante construcción histórica.
Segundo.
Que a la Confederación Hidrográfica de Miño-Sil, O.A., le corresponde, en el ámbito
de su Demarcación Hidrográfica, la administración y protección del dominio público
hidráulico, así como el proyecto, la construcción y explotación de las obras realizadas
con cargo a los fondos propios del Organismo (artículo 23 del texto refundido de la Ley
de Aguas) para cuya finalidad podrá establecer convenios con las entidades locales, al
amparo de lo dispuesto en el artículo 25.2 de la precitada disposición legal.
Tercero.
Que al Ayuntamiento de Sarria le corresponden, entre otras, el ejercicio de las
competencias en materia de conservación de caminos y vías rurales así como la
protección y gestión del patrimonio histórico, según lo dispuesto en los artículos 80 de la
Ley 5/1997, de 22 de julio, reguladora de la Administración Local de Galicia (en adelante
LALG) y 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,
según redacción dada a la misma por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de
racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.

Que conforme a los artículos 143 y 144 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del
Sector Público, las Administraciones cooperarán al servicio del interés general de
acuerdo con las técnicas que consideren más adecuadas, como la cooperación
interadministrativa para la aplicación de la normativa reguladora de una materia o
actuaciones de cooperación en materia patrimonial, incluidos los cambios de titularidad y
la cesión de bienes.
Estas relaciones de cooperación, que requieren la aceptación expresa de las partes,
se formularán en acuerdos de los órganos de cooperación o en convenios en los que se
preverán las condiciones y compromisos que se asumen.
Quinto.
Que el artículo 48 de la citada Ley de Régimen Jurídico del Sector Público establece
que las Administraciones Públicas y sus organismos públicos, en el ámbito de sus

cve: BOE-A-2023-23610
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.