I. Disposiciones generales. PRESIDENCIA DEL GOBIERNO. Organización. (BOE-A-2023-23537)
Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278

Martes 21 de noviembre de 2023
2.

Sec. I. Pág. 154683

Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:

a) La Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales.
b) La Secretaría de Estado para la Unión Europea.
c) La Secretaría de Estado para Iberoamérica y el Caribe y el Español en el Mundo.
d) La Secretaría de Estado de Cooperación Internacional.
Artículo 3. Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
1. Corresponde al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en los asuntos de relevancia
constitucional, la preparación, desarrollo y seguimiento del programa legislativo, el apoyo
inmediato a la Presidencia del Gobierno, la asistencia al Consejo de Ministros, a las
Comisiones Delegadas del Gobierno, a la Comisión General de Secretarios de Estado y
Subsecretarios y, en particular, al Gobierno en sus relaciones con las Cortes Generales.
2. Asimismo corresponde al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes la propuesta y ejecución de la política del Gobierno para el desarrollo del
ordenamiento jurídico, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos, y para
el ejercicio del derecho a la libertad religiosa; las relaciones del Gobierno con la
Administración de Justicia, con el Consejo General del Poder Judicial y con el Ministerio
Fiscal, a través del Fiscal General del Estado, y la cooperación jurídica internacional, así
como las demás funciones atribuidas por las leyes.
3. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Justicia.
b) La Secretaría de Estado de Relaciones
Constitucionales.
Artículo 4.

con

las

Cortes

y

Asuntos

Ministerio de Defensa.

1. Corresponde al Ministerio de Defensa el ejercicio de todas las competencias y
atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico como órgano encargado del
desarrollo y ejecución de las directrices generales del Gobierno sobre política de
defensa.
2. Este Ministerio dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado de
Defensa, así como de los demás previstos en el ordenamiento jurídico y, de forma
específica, en la legislación sobre organización militar.
Artículo 5.

Ministerio de Hacienda y Función Pública.

a) La Secretaría de Estado de Hacienda.
b) La Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
c) La Secretaría de Estado de Función Pública.
Artículo 6.

Ministerio del Interior.

1. Corresponde al Ministerio del Interior la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno en materia de seguridad ciudadana, tráfico y seguridad vial, promoción de las
condiciones para el ejercicio de los derechos fundamentales, el ejercicio del mando de

cve: BOE-A-2023-23537
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1. Corresponde al Ministerio de Hacienda y Función Pública la propuesta y
ejecución de la política del Gobierno en materia de hacienda pública, de presupuestos y
de gastos, además del resto de competencias y atribuciones que le confiere el
ordenamiento jurídico.
2. Asimismo corresponde al Ministerio de Hacienda y Función Pública la propuesta
y ejecución de la política del Gobierno en materia de administración pública, función
pública, y gobernanza pública.
3. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores: