II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO FISCAL. Nombramientos. (BOE-A-2023-23557)
Decreto de 10 de noviembre de 2023, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegada Especialista Autonómica de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de La Rioja a doña Aída Iglesias Berberana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278

Martes 21 de noviembre de 2023

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complementa la anterior disposición legal al aclarar que se seguirá el mismo procedimiento
de designación en los casos en los que el delegado provincial de la especialidad que se
propone no tenga el rango de decano, como sucede en este caso.
Esta misma Instrucción precisa que los nombramientos y ceses de los delegados
de la especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente fiscal
de sala coordinador, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes
y, seguidamente, trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la
Inspección Fiscal.
De igual modo, la Instrucción de la FGE núm. 5/2007, de 18 de julio, sobre los
Fiscales de Sala Coordinadores de Siniestralidad Laboral, Seguridad Vial y Extranjería y
sobre las respectivas Secciones de las Fiscalías Territoriales, establece que «los
delegados de la especialidad en las respectivas Secciones de Siniestralidad Laboral,
Seguridad Vial y Extranjería de las Fiscalías serán nombrados por el Fiscal General
del Estado, previa audiencia del Fiscal de Sala Coordinador respectivo, a propuesta del
Fiscal Jefe, tras convocatoria interna del cargo entre los Fiscales integrantes de las
respectivas plantillas (…). La propuesta del Fiscal Jefe será remitida para su tramitación
ante la Fiscalía General del Estado al respectivo Fiscal de Sala Coordinador, que podrá
efectuar las consideraciones que estime pertinentes».
Tercero.
El Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del
Ministerio Fiscal, regula en su artículo 62.2 el nombramiento de los fiscales delegados
especialistas:
«2. Los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales,
serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante decreto dictado por la persona
titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo
informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado.
El Fiscal Jefe convocará la plaza de delegado especialista entre los fiscales de la
plantilla. Para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados,
el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener
experiencia práctica. En el caso de los Fiscales Delegados Especialistas autonómicos,
la plaza se convocará entre los Delegados Especialistas provinciales de la comunidad
autónoma.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir
acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con
aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará
traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime
pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del
Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal.»

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al
nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Superior de la Fiscalía de la
Comunidad Autónoma de La Rioja está suficientemente motivada y avala la idoneidad
de la candidata.
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones
del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de aquella,
acuerdo:
1. Nombrar a la Ilma. Sra. doña Aída Iglesias Berberana como Fiscal Delegada
Especialista Autonómica de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Fiscalía de la Comunidad
Autónoma de La Rioja.
2. Notificar lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, al Fiscal de Sala Coordinador
de Seguridad y Salud en el Trabajo, al Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma

cve: BOE-A-2023-23557
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Cuarto.