II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-23492)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Universidad de Murcia, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 20 de noviembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 154196

Entre los criterios para la resolución del concurso deberán figurar necesariamente los
recogidos en el artículo 155 de los Estatutos de la Universidad de Murcia. En todos los
casos, estos criterios se acompañarán de un baremo que deberá reflejar la valoración
relativa de cada una de las pruebas, debiéndosele asignar a la primera un valor
comprendido entre el doble y el triple del valor asignada a la segunda y donde se valoren
con puntuaciones numéricas los siguientes apartados:
Los criterios de valoración del concurso en función de las características de las
plazas docentes a proveer, su perfil y las necesidades de la Universidad de Murcia,
deberán ser de carácter curricular e incluir el historial docente e investigador de las
personas candidatas y su proyecto en la correspondiente materia o especialidad y
deberán valorar sus capacidades para la exposición y debate en sesión pública.
La Comisión concretará en el baremo la puntuación mínima que deben obtener las
personas candidatos para superar las pruebas.
En estos concursos, los porcentajes mínimos de valoración serán: 30% a los méritos
curriculares (historial docente e investigador), 30% al proyecto a desarrollar en la
Universidad de Murcia y 20% a la capacidad de exposición y debate en la materia ante la
Comisión.
5.7 Las personas integrantes de las Comisiones Evaluadoras tendrán derecho al
percibo de asistencias, gastos de viaje y dietas de conformidad con lo dispuesto en el
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
6.

Desarrollo del concurso

6.1 Los concursos se realizarán en las instalaciones de la Universidad de Murcia,
que garantizará la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y
adoptará las oportunas medidas de adaptación a sus necesidades.
6.2 Las personas aspirantes, durante el proceso selectivo, serán convocadas por
las Comisiones a los distintos actos mediante llamamiento único, que será expuesto en
los tablones de anuncios del local donde se realicen las pruebas, siendo excluidas del
concurso quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente
justificados y apreciados por la Comisión. En todo caso, corresponderá a la Comisión
adoptar las medidas adecuadas para la verificación y apreciación de las incidencias que
pudieran surgir en el desarrollo del concurso, adoptando al respecto las decisiones que
estimen pertinentes.
6.3 En el acto de presentación, que será público, las personas concursantes
deberán entregar al Presidente o la Presidenta de la Comisión la siguiente
documentación:
1) Curriculum vitae, por quintuplicado (según modelo que figura en el anexo II de la
presente convocatoria y que figura en la URL https://www.um.es/web/pdi/impresos o en
el formato curriculum vitae normalizado CNV de la FECYT y el MICINN), en el que
detallará su historial académico, docente e investigador y un ejemplar de las
publicaciones (en papel o en formato electrónico).
2) Proyecto en la correspondiente materia o especialidad a desarrollar en la
Universidad de Murcia, que se propone desarrollar en el caso de que se le adjudique la
plaza a la que concursa.
6.4 La Comisión dispondrá lo necesario para que las personas concursantes
expongan sus méritos y debatan el proyecto que pretenden desarrollar en la Universidad
de Murcia en la correspondiente materia o especialidad.
7.

Propuesta de provisión

7.1 La Comisión elevará al Rector, en el plazo máximo de 6 (seis) meses desde la
publicación de la convocatoria, excluido en su caso el mes de agosto en el que la

cve: BOE-A-2023-23492
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 277