II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-23501)
Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas de Oficial de Servicios de Laboratorio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 277

Lunes 20 de noviembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 154360

elección de vacantes, mediante la publicación de la relación de las plazas vacantes a
elegir, del listado de personas aspirantes convocadas a la elección, en el número que se
establezca en atención al número de plazas vacantes determinadas, siguiendo el orden
de preferencia que tienen en la elección de vacantes, por orden de puntuación, y del
plazo de diez días hábiles que se concede para la elección de las vacantes.
9.3 Las personas incluidas en la citada lista comunicarán, en el plazo a tal efecto
señalado, su orden de preferencia por las vacantes del puesto de trabajo objeto de la
presente convocatoria. Las personas aspirantes que, dentro del plazo indicado, y salvo
los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no formulen la elección, perderán
todos sus derechos a desempeñar el puesto de trabajo objeto de la presente
convocatoria. En tal supuesto se estará a lo establecido en la base 10.6 de la presente
convocatoria.
9.4 Las personas aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior
al 33 por 100, con cabida en el número de plazas determinadas para el procedimiento de
ingreso, tendrán preferencia sobre el resto de aspirantes en la elección de las vacantes.
No obstante lo anterior, en el caso de que haya personas aspirantes con la
discapacidad mencionada y esta influya en las condiciones de desempeño de las
distintas vacantes, con carácter previo a la elección se les ofertarán las que resulten más
acordes con su discapacidad, a la vista del informe que emita al respecto el equipo de
valoración y orientación competente.
Por su parte, las personas aspirantes que superen las pruebas selectivas por el turno
de promoción tendrán, con la excepción contemplada para personas aspirantes con
discapacidad, preferencia para elegir las vacantes objeto de convocatoria sobre las
personas aspirantes del turno libre.
10.

Propuesta de nombramiento y presentación de documentos

10.1 Finalizado el acto de elección, el Tribunal elevará al Gerente la propuesta de
nombramiento en favor de las personas aspirantes aprobadas con mayor puntuación que
tengan cabida en el número de plazas convocadas. La referida propuesta se publicará
en el Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra.
10.2 En el plazo de treinta días naturales a contar desde el siguiente al de la
publicación de la propuesta de nombramiento, las personas aspirantes propuestas
presentarán los siguientes documentos:

10.3 En los supuestos de personas aspirantes propuestas que hubieran alegado
discapacidad, la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la
convocatoria será extendida, de oficio, por los equipos de valoración y orientación
competentes, e incorporada al expediente.
10.4 Las personas que, dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor
suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no acrediten el cumplimiento
de alguno de los requisitos exigidos en la base 2 de la convocatoria, o del examen de la
documentación se dedujera que carecen de algunos de los requisitos exigidos, no podrán

cve: BOE-A-2023-23501
Verificable en https://www.boe.es

a) Copia cotejada del documento nacional de identidad o documento equivalente
acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.
b) Informe médico justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o
psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del puesto de trabajo.
c) Declaración responsable de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el
ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una
Administración Pública. Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española
deberán presentar declaración responsable de no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
d) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la
Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.