II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-23497)
Resolución de 10 de noviembre de 2023, de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 277
Lunes 20 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 154288
b) Proyecto docente, por quintuplicado, que la candidatura se propone desarrollar
de serle adjudicada la plaza a la que concursa; dicho proyecto se ajustará a las
especificaciones en su caso establecidas por la Universidad en la convocatoria.
c) Proyecto de investigación, por quintuplicado, que la candidata o el candidato se
propone desarrollar de serle adjudicada la plaza a la que concursa.
6.7
El concurso constará de dos pruebas, que serán públicas.
a) En la primera prueba cada aspirante expondrá a la Comisión de acceso los
méritos invocados en su historial profesional, académico, docente e investigador y la
cualificación de su formación en relación con el perfil de la plaza objeto de concurso, así
como sobre el proyecto docente y de investigación presentado. Cada concursante
dispondrá para su exposición oral del tiempo que estime oportuno dentro de un máximo
de dos horas.
Seguidamente la Comisión podrá debatir con cada concursante, durante un tiempo
máximo de dos horas, sobre los méritos alegados, proyecto docente y de investigación
presentado.
b) La segunda prueba consistirá en la exposición oral por la concursante o el
concursante, durante un tiempo mínimo de cuarenta y cinco minutos y máximo de hora y
media, de un tema relativo a una especialidad del área de conocimiento a la que
corresponda la plaza, elegido libremente por el o la aspirante. Seguidamente, la
Comisión debatirá con la concursante o el concursante, durante un tiempo máximo de
tres horas, acerca de los contenidos científicos expuestos, la metodología a utilizar en su
impartición a las alumnas y alumnos y todos aquellos aspectos que considere relevantes
en relación con el tema.
a) Historial profesional, académico, docente e investigador: 42 puntos (el 60 % de la
puntuación máxima de la primera prueba). En este apartado se valorarán (sin que
constituya una lista cerrada): Títulos académicos; puestos docentes desempeñados;
actividad docente desempeñada; actividad investigadora desempeñada; publicaciones
(libros, artículos, otras publicaciones); otros trabajos de investigación; proyectos de
investigación subvencionados; comunicaciones y ponencias presentadas a congresos;
patentes; cursos y seminarios impartidos y recibidos; becas, ayudas y premios recibidos;
actividades en empresas y profesión libre; cargos académicos e institucionales
desempeñados; otros meritos docentes o de investigación o de otro tipo.
b) Proyecto docente: 14 puntos (el 20 % de la puntuación máxima de la primera
prueba).
c) Proyecto investigador: 14 puntos (el 20 % de la puntuación máxima de la primera
prueba).
6.10 Para la segunda prueba las concursantes y los concursantes entregarán a la
Comisión, una vez realizada la calificación de la primera, un resumen del tema elegido
que vaya a ser expuesto oralmente.
6.11 En caso de comparecer una única candidata o un único candidato, la
Comisión, por unanimidad, podrá eximirlo de la exposición oral y debate de las pruebas y
realizar directamente la propuesta de nombramiento a su favor.
cve: BOE-A-2023-23497
Verificable en https://www.boe.es
6.8 Cada una de las dos pruebas será eliminatoria.
La primera de las pruebas será valorada con un máximo de 70 puntos, resultando
necesario un mínimo de 35 puntos para superar la misma y pasar a la segunda prueba.
La segunda prueba será valorada con un máximo de 30 puntos y resultarán
necesarios 15 puntos para superar el proceso selectivo.
Las Comisiones de Acceso deberán tener presente los criterios generales y los
criterios específicos para el acceso a plazas de funcionarios de cuerpos docentes
universitarios que figuran en el anexo VIII de la convocatoria.
6.9 En la primera prueba de los concursos de acceso resultará de aplicación el
siguiente baremo general:
Núm. 277
Lunes 20 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 154288
b) Proyecto docente, por quintuplicado, que la candidatura se propone desarrollar
de serle adjudicada la plaza a la que concursa; dicho proyecto se ajustará a las
especificaciones en su caso establecidas por la Universidad en la convocatoria.
c) Proyecto de investigación, por quintuplicado, que la candidata o el candidato se
propone desarrollar de serle adjudicada la plaza a la que concursa.
6.7
El concurso constará de dos pruebas, que serán públicas.
a) En la primera prueba cada aspirante expondrá a la Comisión de acceso los
méritos invocados en su historial profesional, académico, docente e investigador y la
cualificación de su formación en relación con el perfil de la plaza objeto de concurso, así
como sobre el proyecto docente y de investigación presentado. Cada concursante
dispondrá para su exposición oral del tiempo que estime oportuno dentro de un máximo
de dos horas.
Seguidamente la Comisión podrá debatir con cada concursante, durante un tiempo
máximo de dos horas, sobre los méritos alegados, proyecto docente y de investigación
presentado.
b) La segunda prueba consistirá en la exposición oral por la concursante o el
concursante, durante un tiempo mínimo de cuarenta y cinco minutos y máximo de hora y
media, de un tema relativo a una especialidad del área de conocimiento a la que
corresponda la plaza, elegido libremente por el o la aspirante. Seguidamente, la
Comisión debatirá con la concursante o el concursante, durante un tiempo máximo de
tres horas, acerca de los contenidos científicos expuestos, la metodología a utilizar en su
impartición a las alumnas y alumnos y todos aquellos aspectos que considere relevantes
en relación con el tema.
a) Historial profesional, académico, docente e investigador: 42 puntos (el 60 % de la
puntuación máxima de la primera prueba). En este apartado se valorarán (sin que
constituya una lista cerrada): Títulos académicos; puestos docentes desempeñados;
actividad docente desempeñada; actividad investigadora desempeñada; publicaciones
(libros, artículos, otras publicaciones); otros trabajos de investigación; proyectos de
investigación subvencionados; comunicaciones y ponencias presentadas a congresos;
patentes; cursos y seminarios impartidos y recibidos; becas, ayudas y premios recibidos;
actividades en empresas y profesión libre; cargos académicos e institucionales
desempeñados; otros meritos docentes o de investigación o de otro tipo.
b) Proyecto docente: 14 puntos (el 20 % de la puntuación máxima de la primera
prueba).
c) Proyecto investigador: 14 puntos (el 20 % de la puntuación máxima de la primera
prueba).
6.10 Para la segunda prueba las concursantes y los concursantes entregarán a la
Comisión, una vez realizada la calificación de la primera, un resumen del tema elegido
que vaya a ser expuesto oralmente.
6.11 En caso de comparecer una única candidata o un único candidato, la
Comisión, por unanimidad, podrá eximirlo de la exposición oral y debate de las pruebas y
realizar directamente la propuesta de nombramiento a su favor.
cve: BOE-A-2023-23497
Verificable en https://www.boe.es
6.8 Cada una de las dos pruebas será eliminatoria.
La primera de las pruebas será valorada con un máximo de 70 puntos, resultando
necesario un mínimo de 35 puntos para superar la misma y pasar a la segunda prueba.
La segunda prueba será valorada con un máximo de 30 puntos y resultarán
necesarios 15 puntos para superar el proceso selectivo.
Las Comisiones de Acceso deberán tener presente los criterios generales y los
criterios específicos para el acceso a plazas de funcionarios de cuerpos docentes
universitarios que figuran en el anexo VIII de la convocatoria.
6.9 En la primera prueba de los concursos de acceso resultará de aplicación el
siguiente baremo general: