III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. (BOE-A-2023-23395)
Resolución de 2 de noviembre de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con el Instituto Nacional de Estadística, para el intercambio de información estadística sobre el desarrollo de la economía y sociedad digital.
9 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 18 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 153973

general, una serie de funciones con el objeto de contribuir al fomento y desarrollo de la
Economía y Sociedad digital de España en todos los ámbitos de la actividad económica
y social, incluida la gestión de los fondos comunitarios, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 3 del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto
de la Entidad Pública Empresarial Red.es.
Sus funciones aparecen legalmente atribuidas en la Disposición Adicional
Decimosexta de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones. En el
ejercicio de la función genérica, que la ley le atribuye, Red.es fomenta y desarrolla la
Economía y Sociedad Digital de acuerdo con la Agenda Digital España 2026. En el
marco de esta estrategia del Gobierno para desarrollar la economía y la sociedad digital
en España, Red.es gestiona, en coordinación con otras Administraciones Públicas y
Organismos Públicos estatales, autonómicos y locales, diferentes iniciativas en el ámbito
de la economía digital, el emprendimiento, los contenidos digitales, el comercio
electrónico y las infraestructuras tecnológicas encaminadas a aumentar el uso de las
mismas por parte de PYMES y autónomos con el objetivo de equiparar las ratios de
productividad, rentabilidad y competitividad con los países más avanzados de la Unión
Europea.
El Observatorio Nacional de Tecnología y Sociedad (ONTSI) es un órgano adscrito a
Red.es, cuyo principal objetivo es el seguimiento y el análisis de la Economía y Sociedad
digital. El ONTSI elabora, recoge, sintetiza y sistematiza indicadores, elabora estudios, y
ofrece servicios informativos y de actualidad sobre la Economía y Sociedad digital, que
puede ser consultada en su página web (http://www.ONTSI.es). Entre sus funciones se
encuentra el seguimiento de los objetivos establecidos en la Agenda España 2026 y la
estrategia europea de la Década Digital.
II. Que para el ejercicio de las funciones que tiene encomendadas el ONTSI se
necesita disponer de una explotación específica de algunas de las encuestas que
elabora periódicamente el Instituto Nacional de Estadística, en concreto, de la Encuesta
sobre equipamiento y uso de Tecnologías de Información y Comunicación en los hogares
(TIC-H), de la Encuesta del uso de las Tecnologías de la Información y las
comunicaciones y del Comercio Electrónico en las Empresas (TICCE) y de la Encuesta
de Población Activa (EPA).
III. Que el Instituto Nacional de Estadística (en adelante INE) es un organismo
autónomo adscrito al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, que
tiene entre sus funciones, asignadas por la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función
Estadística Pública (LFEP), la ejecución de las operaciones estadísticas que le
encomienda el Plan Estadístico Nacional entre las que se encuentran la Encuesta sobre
equipamiento y uso de tecnologías de información y comunicación en los hogares
(TIC-H), la Encuesta del uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
y del Comercio Electrónico en las Empresas (TICCE), la Encuesta de Población Activa
(EPA) y la Encuesta de Presupuestos familiares (EPF).
IV. Conscientes de la necesidad de fortalecer la colaboración mutua y, en desarrollo
de los principios de eficacia, coordinación y cooperación propugnados en el artículo 3 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, es deseo de
ambas instituciones articular los mecanismos concretos que contribuyan a facilitar el
ejercicio de las respectivas funciones y competencias, dentro del marco jurídico vigente.
Dentro de ese marco de colaboración, el presente convenio pone en marcha los
procedimientos necesarios para el intercambio de información estadística sobre el
desarrollo de la economía y sociedad digital.
Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, ambas partes consideran de interés
establecer cauces de comunicación y colaboración para la realización de las diversas
actuaciones que permitan a ambas instituciones la potenciación de la difusión y
utilización de los resultados estadísticos sobre la economía y sociedad digital, y la
racionalización de recursos en el desarrollo de sus respectivas competencias en dicho
ámbito.

cve: BOE-A-2023-23395
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 276