III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-23285)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y la Autoridad Portuaria de Santander, para colaborar en la organización de la «Escuela de Liderazgo Port Management. Innovación: prioridad estratégica».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 16 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152982
los correspondientes expedientes de gasto con carácter general para el conjunto de
cursos, según los procedimientos legalmente establecidos.
III. La APS podrá recabar la participación de otras entidades públicas o privadas
para cubrir su compromiso económico en relación con este convenio, informando de ello
previamente a la UIMP para su conformidad. Estas entidades en ningún caso
participarán en la organización de la escuela ni en la ejecución del presente convenio,
sino que simplemente podrán hacer efectiva su financiación mediante aportación de
fondos o en especie, en calidad de entidades colaboradoras o patrocinadoras, mediante
la suscripción de los correspondientes convenios, contratos o acuerdos con la APS, que
será quien asimismo reciba, en su caso, la financiación. Los acuerdos a los que la APS
llegue con dichas entidades sobre su financiación y contraprestaciones no podrán
suponer modificación alguna a lo pactado entre la APS y la UIMP en este documento.
Quinta. Visibilidad de las partes. Titularidad de los resultados. Publicaciones y otros
medios de difusión posterior.
I. En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión de la escuela se
destacará la colaboración de la APS con la UIMP, respetando en todo caso las directrices
de imagen externa que ambas instituciones faciliten con este fin.
II. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en la escuela en ejecución de este convenio, así como
de los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso de los
profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores podrán
transmitir a las partes firmantes del convenio sin carácter de exclusividad los derechos
patrimoniales de explotación, digitalización, reproducción, distribución, comunicación
pública y transformación de dichos materiales si así se acuerda y se formaliza por
escrito, mediante documento en el que se recoja el alcance de la cesión, el tiempo y el
ámbito territorial. En todo caso las partes se comprometen al cumplimiento de la
legislación vigente en materia de propiedad intelectual.
III. Sin perjuicio de los demás permisos que legalmente fueran precisos (derechos de
autor, integridad de la obra, etc.), la APS podrá publicar las ponencias de la escuela en
alguna de sus colecciones editoriales, financiando íntegramente a su cargo el libro. En tal
caso, se compromete a que en dicha publicación figure el título de la escuela, fecha y
lugar en el que se impartió, así como la colaboración de las partes firmantes en su
organización, debiendo supervisar necesariamente la UIMP estos aspectos. La edición se
llevaría a cabo sin coste alguno para la UIMP. Asimismo, la APS se compromete a enviar
a la UIMP un mínimo de 5 ejemplares para sus bibliotecas y archivos.
IV. La APS podrá gestionar la incorporación de las grabaciones de las ponencias
impartidas en la escuela, de las presentaciones y otros materiales docentes asociados a
estas, a la plataforma de formación a distancia del Programa TRAINFORTRADE de la
UNCTAD (Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo),
organismo intergubernamental permanente que forma parte de la Secretaría de las
Naciones Unidas, cuyo propósito es el fortalecimiento de las capacidades y
competencias del capital humano de las comunidades portuarias de América Latina y el
Caribe. En tal caso, las personas interesadas tendrán acceso gratuito a estos recursos
didácticos, no tendrá ningún coste para la UIMP y se deberá contar con la conformidad y
autorización expresa de los profesores. En la edición de estos materiales deberá
aparecer el título de la escuela, fecha y lugar en el que se impartió, el autor/autores de la
ponencia, así como los logos de la UIMP y de la Autoridad Portuaria de Santander.
cve: BOE-A-2023-23285
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 274
Jueves 16 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152982
los correspondientes expedientes de gasto con carácter general para el conjunto de
cursos, según los procedimientos legalmente establecidos.
III. La APS podrá recabar la participación de otras entidades públicas o privadas
para cubrir su compromiso económico en relación con este convenio, informando de ello
previamente a la UIMP para su conformidad. Estas entidades en ningún caso
participarán en la organización de la escuela ni en la ejecución del presente convenio,
sino que simplemente podrán hacer efectiva su financiación mediante aportación de
fondos o en especie, en calidad de entidades colaboradoras o patrocinadoras, mediante
la suscripción de los correspondientes convenios, contratos o acuerdos con la APS, que
será quien asimismo reciba, en su caso, la financiación. Los acuerdos a los que la APS
llegue con dichas entidades sobre su financiación y contraprestaciones no podrán
suponer modificación alguna a lo pactado entre la APS y la UIMP en este documento.
Quinta. Visibilidad de las partes. Titularidad de los resultados. Publicaciones y otros
medios de difusión posterior.
I. En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión de la escuela se
destacará la colaboración de la APS con la UIMP, respetando en todo caso las directrices
de imagen externa que ambas instituciones faciliten con este fin.
II. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en la escuela en ejecución de este convenio, así como
de los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso de los
profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores podrán
transmitir a las partes firmantes del convenio sin carácter de exclusividad los derechos
patrimoniales de explotación, digitalización, reproducción, distribución, comunicación
pública y transformación de dichos materiales si así se acuerda y se formaliza por
escrito, mediante documento en el que se recoja el alcance de la cesión, el tiempo y el
ámbito territorial. En todo caso las partes se comprometen al cumplimiento de la
legislación vigente en materia de propiedad intelectual.
III. Sin perjuicio de los demás permisos que legalmente fueran precisos (derechos de
autor, integridad de la obra, etc.), la APS podrá publicar las ponencias de la escuela en
alguna de sus colecciones editoriales, financiando íntegramente a su cargo el libro. En tal
caso, se compromete a que en dicha publicación figure el título de la escuela, fecha y
lugar en el que se impartió, así como la colaboración de las partes firmantes en su
organización, debiendo supervisar necesariamente la UIMP estos aspectos. La edición se
llevaría a cabo sin coste alguno para la UIMP. Asimismo, la APS se compromete a enviar
a la UIMP un mínimo de 5 ejemplares para sus bibliotecas y archivos.
IV. La APS podrá gestionar la incorporación de las grabaciones de las ponencias
impartidas en la escuela, de las presentaciones y otros materiales docentes asociados a
estas, a la plataforma de formación a distancia del Programa TRAINFORTRADE de la
UNCTAD (Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo),
organismo intergubernamental permanente que forma parte de la Secretaría de las
Naciones Unidas, cuyo propósito es el fortalecimiento de las capacidades y
competencias del capital humano de las comunidades portuarias de América Latina y el
Caribe. En tal caso, las personas interesadas tendrán acceso gratuito a estos recursos
didácticos, no tendrá ningún coste para la UIMP y se deberá contar con la conformidad y
autorización expresa de los profesores. En la edición de estos materiales deberá
aparecer el título de la escuela, fecha y lugar en el que se impartió, el autor/autores de la
ponencia, así como los logos de la UIMP y de la Autoridad Portuaria de Santander.
cve: BOE-A-2023-23285
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 274