III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-23284)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y la Autoridad Portuaria de Santander, para colaborar en la organización del encuentro «Ciudades portuarias inteligentes: El desafío de la colaboración tecnológica entre puertos y ciudades».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 16 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152974
II. La UIMP se compromete a asumir directamente, con cargo a su presupuesto
ordinario, la financiación de los gastos de las partidas que gestiona según los apartados
I.a) y II.a) de la cláusula tercera que no se cubren con la aportación que realiza la APS
según lo recogido en el apartado I de esta cláusula. Esta financiación no supone un
traspaso de fondos de la UIMP a la APS. Dichos gastos se financian con cargo a los
créditos aprobados para el conjunto de su programación de cursos avanzados en 2023
(diferentes conceptos según la diferente naturaleza de cada uno de los gastos). Para
ello, la UIMP tramita y aprueba los correspondientes expedientes de gasto con carácter
general para el conjunto de cursos, según los procedimientos legalmente establecidos.
III. La APS podrá recabar la participación de otras entidades públicas o privadas
para cubrir su compromiso económico en relación con este convenio, informando de ello
previamente a la UIMP para su conformidad. Estas entidades en ningún caso
participarán en la organización del encuentro ni en la ejecución del presente convenio,
sino que simplemente podrán hacer efectiva su financiación mediante aportación de
fondos o en especie, en calidad de entidades colaboradoras o patrocinadoras, mediante
la suscripción de los correspondientes convenios, contratos o acuerdos con la APS, que
será quien asimismo reciba, en su caso, la financiación. Los acuerdos a los que la APS
llegue con dichas entidades sobre su financiación y contraprestaciones no podrán
suponer modificación alguna a lo pactado entre la APS y la UIMP en este documento.
Quinta. Visibilidad de las partes. Titularidad de los resultados. Publicaciones y otros
medios de difusión posterior.
I. En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del encuentro se
destacará la colaboración de la APS con la UIMP, respetando en todo caso las directrices
de imagen externa que ambas instituciones faciliten con este fin.
II. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el encuentro en ejecución de este convenio, así
como de los materiales audiovisuales, gráficos, etc., que las apoyen, serán en todo caso
de los profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores
podrán transmitir a las partes firmantes del convenio sin carácter de exclusividad los
derechos patrimoniales de explotación, digitalización, reproducción, distribución,
comunicación pública y transformación de dichos materiales si así se acuerda y se
formaliza por escrito, mediante documento en el que se recoja el alcance de la cesión, el
tiempo y el ámbito territorial. En todo caso, las partes se comprometen al cumplimiento
de la legislación vigente en materia de propiedad intelectual.
III. Sin perjuicio de los demás permisos que legalmente fueran precisos (derechos
de autor, integridad de la obra, etc.), la APS podrá publicar las ponencias del encuentro
en alguna de sus colecciones editoriales, financiando íntegramente a su cargo el libro.
En tal caso, se compromete a que en dicha publicación figure el título del encuentro,
fecha y lugar en el que se impartió, así como la colaboración de las partes firmantes en
su organización, debiendo supervisar necesariamente la UIMP estos aspectos. La
edición se llevaría a cabo sin coste alguno para la UIMP. Asimismo, la APS se
compromete a enviar a la UIMP un mínimo de 5 ejemplares para sus bibliotecas y
archivos.
IV. Las partes podrán decidir de mutuo acuerdo la incorporación de las grabaciones
de las ponencias impartidas en el encuentro, de las presentaciones y otros materiales
docentes asociados a estas, a la plataforma de formación a distancia del Programa
TRAINFORTRADE de la UNCTAD (Conferencia de las Naciones Unidas para el
Comercio y el Desarrollo), organismo intergubernamental permanente que forma parte
de la Secretaría de las Naciones Unidas, cuyo propósito es el fortalecimiento de las
capacidades y competencias del capital humano de las comunidades portuarias de
América Latina y el Caribe. La finalidad será que las personas interesadas tengan
acceso gratuito a estos recursos didácticos. En el caso de que se produzca dicho
acuerdo la gestión de la incorporación de los materiales a la plataforma será gestionada
por la APS y no tendrá ningún coste para la UIMP. Además del acuerdo de ambas
cve: BOE-A-2023-23284
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 274
Jueves 16 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152974
II. La UIMP se compromete a asumir directamente, con cargo a su presupuesto
ordinario, la financiación de los gastos de las partidas que gestiona según los apartados
I.a) y II.a) de la cláusula tercera que no se cubren con la aportación que realiza la APS
según lo recogido en el apartado I de esta cláusula. Esta financiación no supone un
traspaso de fondos de la UIMP a la APS. Dichos gastos se financian con cargo a los
créditos aprobados para el conjunto de su programación de cursos avanzados en 2023
(diferentes conceptos según la diferente naturaleza de cada uno de los gastos). Para
ello, la UIMP tramita y aprueba los correspondientes expedientes de gasto con carácter
general para el conjunto de cursos, según los procedimientos legalmente establecidos.
III. La APS podrá recabar la participación de otras entidades públicas o privadas
para cubrir su compromiso económico en relación con este convenio, informando de ello
previamente a la UIMP para su conformidad. Estas entidades en ningún caso
participarán en la organización del encuentro ni en la ejecución del presente convenio,
sino que simplemente podrán hacer efectiva su financiación mediante aportación de
fondos o en especie, en calidad de entidades colaboradoras o patrocinadoras, mediante
la suscripción de los correspondientes convenios, contratos o acuerdos con la APS, que
será quien asimismo reciba, en su caso, la financiación. Los acuerdos a los que la APS
llegue con dichas entidades sobre su financiación y contraprestaciones no podrán
suponer modificación alguna a lo pactado entre la APS y la UIMP en este documento.
Quinta. Visibilidad de las partes. Titularidad de los resultados. Publicaciones y otros
medios de difusión posterior.
I. En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del encuentro se
destacará la colaboración de la APS con la UIMP, respetando en todo caso las directrices
de imagen externa que ambas instituciones faciliten con este fin.
II. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el encuentro en ejecución de este convenio, así
como de los materiales audiovisuales, gráficos, etc., que las apoyen, serán en todo caso
de los profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores
podrán transmitir a las partes firmantes del convenio sin carácter de exclusividad los
derechos patrimoniales de explotación, digitalización, reproducción, distribución,
comunicación pública y transformación de dichos materiales si así se acuerda y se
formaliza por escrito, mediante documento en el que se recoja el alcance de la cesión, el
tiempo y el ámbito territorial. En todo caso, las partes se comprometen al cumplimiento
de la legislación vigente en materia de propiedad intelectual.
III. Sin perjuicio de los demás permisos que legalmente fueran precisos (derechos
de autor, integridad de la obra, etc.), la APS podrá publicar las ponencias del encuentro
en alguna de sus colecciones editoriales, financiando íntegramente a su cargo el libro.
En tal caso, se compromete a que en dicha publicación figure el título del encuentro,
fecha y lugar en el que se impartió, así como la colaboración de las partes firmantes en
su organización, debiendo supervisar necesariamente la UIMP estos aspectos. La
edición se llevaría a cabo sin coste alguno para la UIMP. Asimismo, la APS se
compromete a enviar a la UIMP un mínimo de 5 ejemplares para sus bibliotecas y
archivos.
IV. Las partes podrán decidir de mutuo acuerdo la incorporación de las grabaciones
de las ponencias impartidas en el encuentro, de las presentaciones y otros materiales
docentes asociados a estas, a la plataforma de formación a distancia del Programa
TRAINFORTRADE de la UNCTAD (Conferencia de las Naciones Unidas para el
Comercio y el Desarrollo), organismo intergubernamental permanente que forma parte
de la Secretaría de las Naciones Unidas, cuyo propósito es el fortalecimiento de las
capacidades y competencias del capital humano de las comunidades portuarias de
América Latina y el Caribe. La finalidad será que las personas interesadas tengan
acceso gratuito a estos recursos didácticos. En el caso de que se produzca dicho
acuerdo la gestión de la incorporación de los materiales a la plataforma será gestionada
por la APS y no tendrá ningún coste para la UIMP. Además del acuerdo de ambas
cve: BOE-A-2023-23284
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 274