III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-23283)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo para la asignación de equipos portátiles y/o separables dentro de la iniciativa «Puesto de Trabajo Inteligente», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274

Jueves 16 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 152955

corresponde a la SGAD la provisión de servicios en materias TIC a aquellos órganos con
los que se acuerde.
Cuarto.
Que, de acuerdo con el Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se
aprueba el estatuto de la entidad de derecho público Trabajo Penitenciario y Formación
para el Empleo tiene atribuciones/funciones establecidas en la gestión de medios
materiales del departamento. Por tanto, Trabajo Penitenciario y Formación para el
Empleo está habilitado para la gestión de los medios materiales asignados.
Quinto.
Que Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, considera de gran utilidad
disponer de los equipos portátiles y/o separables enmarcados en la iniciativa de Puesto
de Trabajo Inteligente del Plan de Digitalización de las Administraciones
Públicas 2021-2025 para dotar a los empleados públicos de soluciones colaborativas y
de movilidad en los puestos de trabajo, que les permitan tanto su uso presencial en las
instalaciones del organismo o entidad como, en su caso, fuera de las mismas.
Sexto.
Que es posible la aplicación del Fondo de Recuperación Next Generation EU a la
adquisición de los equipos portátiles y/o separables, siendo el presente convenio el
instrumento destinado a hacer efectiva la medida «Puesto de Trabajo Inteligente»,
incluida en el C11.I1, mediante la asignación a Trabajo Penitenciario y Formación para el
Empleo de dichos equipos, así como la cesión de su derecho de uso.
Séptimo.
Que es de interés general para las partes firmantes dar respuesta al objetivo común
de incrementar la eficacia y la eficiencia de las Administraciones, facilitar la aplicación de
economías de escala y contribuir a la racionalización y simplificación de la actuación
administrativa.
Por todo ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

Constituye el objeto de este convenio:

a) Equipos Portátiles ultraligeros categoría superior: 155, cuyos números de serie e
inventario se adjuntan en el anexo I.
2.º Establecer los términos, las condiciones generales y las responsabilidades de
las partes con relación a la asignación de los equipos portátiles y/o separables y la
cesión de su derecho de uso.

cve: BOE-A-2023-23283
Verificable en https://www.boe.es

1.º Llevar a cabo la asignación por la SGAD a Trabajo Penitenciario y Formación
para el Empleo de 155 equipos portátiles y/o separables, adquiridos por aquella con
cargo al Fondo de Recuperación Next Generation EU, así como la cesión de su derecho
de uso. Dicha asignación se realiza con la siguiente distribución: