III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-23280)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Agencia Estatal de Investigación, para la asignación de equipos portátiles y/o separables dentro de la iniciativa «Puesto de Trabajo Inteligente», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274
Jueves 16 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152915
Cuarto.
Que, de acuerdo con el Real Decreto 1067/2015, de 27 de noviembre, por el que se
crea la Agencia Estatal de Investigación y se aprueba su Estatuto, la Agencia Estatal de
Investigación, en virtud de lo que establece el artículo uno de la citada norma, está
dotada de personalidad jurídica pública, patrimonio y tesorería propios y cuenta con
autonomía funcional y de gestión. Por tanto, la Agencia Estatal de Investigación, está
habilitada para la gestión de los medios materiales asignados.
Quinto.
Que la Agencia Estatal de Investigación, considera de gran utilidad disponer de los
equipos portátiles y/o separables enmarcados en la iniciativa de Puesto de Trabajo
Inteligente del Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025 para
dotar a los empleados públicos de soluciones colaborativas y de movilidad en los
puestos de trabajo, que les permitan tanto su uso presencial en las instalaciones del
organismo o entidad como, en su caso, fuera de las mismas.
Sexto.
Que es posible la aplicación del Fondo de Recuperación Next Generation EU a la
adquisición de los equipos portátiles y/o separables, siendo el presente convenio el
instrumento destinado a hacer efectiva la medida «Puesto de Trabajo Inteligente»,
incluida en el C11.I1, mediante la asignación a la Agencia Estatal de Investigación de
dichos equipos, así como la cesión de su derecho de uso.
Séptimo.
Que es de interés general para las partes firmantes dar respuesta al objetivo común
de incrementar la eficacia y la eficiencia de las Administraciones, facilitar la aplicación de
economías de escala y contribuir a la racionalización y simplificación de la actuación
administrativa.
Por todo ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Constituye el objeto de este convenio:
a) Equipos portátiles ultraligeros categoría superior: Quince, cuyos números de
serie e inventario se adjuntan en el anexo I.
b) Equipos separables: Dos, cuyos números de serie e inventario se adjuntan en el
anexo II.
2.º Establecer los términos, las condiciones generales y las responsabilidades de
las partes con relación a la asignación de los equipos portátiles y/o separables y la
cesión de su derecho de uso.
cve: BOE-A-2023-23280
Verificable en https://www.boe.es
1.º Llevar a cabo la asignación por la SGAD a la Agencia Estatal de Investigación
de diecisiete equipos portátiles y/o separables, adquiridos por aquella con cargo al
Fondo de Recuperación Next Generation EU, así como la cesión de su derecho de uso.
Dicha asignación se realiza con la siguiente distribución:
Núm. 274
Jueves 16 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152915
Cuarto.
Que, de acuerdo con el Real Decreto 1067/2015, de 27 de noviembre, por el que se
crea la Agencia Estatal de Investigación y se aprueba su Estatuto, la Agencia Estatal de
Investigación, en virtud de lo que establece el artículo uno de la citada norma, está
dotada de personalidad jurídica pública, patrimonio y tesorería propios y cuenta con
autonomía funcional y de gestión. Por tanto, la Agencia Estatal de Investigación, está
habilitada para la gestión de los medios materiales asignados.
Quinto.
Que la Agencia Estatal de Investigación, considera de gran utilidad disponer de los
equipos portátiles y/o separables enmarcados en la iniciativa de Puesto de Trabajo
Inteligente del Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025 para
dotar a los empleados públicos de soluciones colaborativas y de movilidad en los
puestos de trabajo, que les permitan tanto su uso presencial en las instalaciones del
organismo o entidad como, en su caso, fuera de las mismas.
Sexto.
Que es posible la aplicación del Fondo de Recuperación Next Generation EU a la
adquisición de los equipos portátiles y/o separables, siendo el presente convenio el
instrumento destinado a hacer efectiva la medida «Puesto de Trabajo Inteligente»,
incluida en el C11.I1, mediante la asignación a la Agencia Estatal de Investigación de
dichos equipos, así como la cesión de su derecho de uso.
Séptimo.
Que es de interés general para las partes firmantes dar respuesta al objetivo común
de incrementar la eficacia y la eficiencia de las Administraciones, facilitar la aplicación de
economías de escala y contribuir a la racionalización y simplificación de la actuación
administrativa.
Por todo ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Constituye el objeto de este convenio:
a) Equipos portátiles ultraligeros categoría superior: Quince, cuyos números de
serie e inventario se adjuntan en el anexo I.
b) Equipos separables: Dos, cuyos números de serie e inventario se adjuntan en el
anexo II.
2.º Establecer los términos, las condiciones generales y las responsabilidades de
las partes con relación a la asignación de los equipos portátiles y/o separables y la
cesión de su derecho de uso.
cve: BOE-A-2023-23280
Verificable en https://www.boe.es
1.º Llevar a cabo la asignación por la SGAD a la Agencia Estatal de Investigación
de diecisiete equipos portátiles y/o separables, adquiridos por aquella con cargo al
Fondo de Recuperación Next Generation EU, así como la cesión de su derecho de uso.
Dicha asignación se realiza con la siguiente distribución: