III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Ciudad de Ceuta. Convenio. (BOE-A-2023-23292)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio para el año 2023 entre la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la Ciudad de Ceuta, en materia de drogodependencias y con cargo al fondo de bienes decomisados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274

Jueves 16 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 153036

En virtud de ello,
ACUERDAN
Primero.

Objeto.

Las Comunidades y Ciudades son destinatarias de los recursos del Fondo de bienes
decomisados, para el desarrollo y ejecución de los planes y programas de drogas. La
Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas asume la financiación de
los referidos programas y la Ciudad de Ceuta asume el compromiso material de su
ejecución, siendo éste el objeto del presente convenio.
Segundo.

Obligaciones de las partes.

Que la actuación de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Ciudad
Autónoma de Ceuta, en el año 2023, se concretará en el desarrollo de los siguientes
programas a implementar por dicha Ciudad en el marco y de conformidad con los
objetivos establecidos por la Estrategia Nacional sobre Adicciones 2017-2024 (aprobada
en Consejo de Ministros con fecha 9 de febrero de 2018) y con las metas previstas en el
Plan de Acción sobre Adicciones vigente actualmente:
– Programa de Inserción Socio-Laboral: 59.500,00 €.
– RULE: Dispositivo móvil para la promoción de la Salud dirigida a población juvenil
en espacios recreativos en horario nocturno: 42.000,00 €.
– CLASE SIN HUMO, Prevención del inicio del consumo de tabaco durante la
pandemia en adolescentes de 1.º y 2.º de Educación Secundaria Obligatoria en la
Ciudad de Ceuta: 10.500,00 €.
Que el Ministerio de Sanidad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre
Drogas) financiará la realización de estos programas, según lo acordado por la Mesa de
Coordinación de Adjudicaciones, con un total de 112.000,00 euros con cargo al
concepto 26.18.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del
Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados,
en aplicación del artículo 3.1.b) de la Ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora de este
Fondo. El abono de esta cantidad se realizará a partir de que el convenio surta efectos,
es decir, desde la inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, de conformidad con lo
establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Que, durante el primer trimestre del próximo ejercicio, y, en relación con los fondos
procedentes del Fondo de bienes decomisados, la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales, de la Ciudad Autónoma de Ceuta, remitirá a la Mesa de Coordinación de
Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una
certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los
mismos.

La vigencia del presente convenio se establece desde su inscripción en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público
Estatal.
Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días desde su formalización, en el
«Boletín Oficial del Estado» con una duración hasta el 31 de diciembre de 2023,
surtiendo los efectos en los términos previstos en el apartado 8 del artículo 48 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
No obstante, los programas citados en el Acuerdo segundo se desarrollarán por la
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Ciudad Autónoma de Ceuta, durante el
ejercicio 2023.

cve: BOE-A-2023-23292
Verificable en https://www.boe.es

Tercero. Vigencia y efectos.