III. Otras disposiciones. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Becas. (BOE-A-2023-23267)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Secretaría General del Tribunal Constitucional, por la que se conceden becas de formación en tareas relacionadas con la investigación y tratamiento jurídico de la doctrina constitucional.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274

Jueves 16 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 152845

III. OTRAS DISPOSICIONES

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
23267

Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Secretaría General del
Tribunal Constitucional, por la que se conceden becas de formación en tareas
relacionadas con la investigación y tratamiento jurídico de la doctrina
constitucional.

Con arreglo a lo prevenido en la Resolución de la Secretaría General del Tribunal
Constitucional de 25 de abril de 2023, por la que se convoca concurso con el fin de
adjudicar seis becas de formación en tareas relacionadas con la investigación y
tratamiento jurídico de la doctrina constitucional, publicada en el «Boletín Oficial del
Estado» del día 4 de mayo, y a propuesta de la comisión de estudio y valoración a que
se refiere la base sexta, apartado 1, de dicha convocatoria, he resuelto:
Primero.
Conceder la beca de formación en tareas relacionadas con la investigación y
tratamiento jurídico de la doctrina constitucional a los siguientes solicitantes:
Don Reyes Enrique Vázquez May.
Doña Isabel Heredia Cachá.
Doña Desislava Strahilova Dimitrova.
Doña Delfina Rossetti.
Don Javier Dionis Baez.
Doña Claudia Gallo Miguel.
Segundo.
Aprobar la relación de suplentes, que queda integrada por el solicitante que se
relaciona a continuación:
Don Eduardo Marcos Martínez.
Tercero.
La presente resolución conlleva el correspondiente compromiso de gasto.
Frente a la presente resolución, de conformidad con lo prevenido en el artículo 99.3
de la Ley Orgánica 2/1979, del Tribunal Constitucional, podrá interponerse recurso de
alzada ante el Presidente del Tribunal Constitucional, cuya decisión agotará la vía
administrativa, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su
publicación.

cve: BOE-A-2023-23267
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 13 de noviembre de 2023.–El Secretario General del Tribunal Constitucional,
Andrés Javier Gutiérrez Gil.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X