III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Ayudas. (BOE-A-2023-23185)
Resolución de 6 de noviembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se publica la relación definitiva de los proyectos aprobados en el marco de la convocatoria para la selección de operaciones que se financiarán con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), en el marco de programas estatales y del tramo estatal de la prioridad Región Ultraperiférica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273
Miércoles 15 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152191
en última instancia, al reembolso efectivo de los gastos por parte de la Comisión
Europea, siempre que se cumplan las normas de elegibilidad, justificación y reembolso
de gastos, fijadas a tal efecto en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones
comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo
Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo
de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el
Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento
de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados; y en el
Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio
de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, y con arreglo a lo
dispuesto en el artículo 13.3 de la Resolución de convocatoria de 1 de junio de 2023,
puede interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Secretario de
Estado de Empleo y Economía Social en el plazo de un mes a partir del día siguiente de
la notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tal y como se establece en el artículo 13.4 de la convocatoria, sin perjuicio de lo
anterior, contra la presente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 11 de Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2023-23185
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 6 de noviembre de 2023.–El Secretario de Estado de Empleo y Economía
Social, Joaquín Pérez Rey.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 273
Miércoles 15 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152191
en última instancia, al reembolso efectivo de los gastos por parte de la Comisión
Europea, siempre que se cumplan las normas de elegibilidad, justificación y reembolso
de gastos, fijadas a tal efecto en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones
comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo
Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo
de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el
Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento
de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados; y en el
Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio
de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, y con arreglo a lo
dispuesto en el artículo 13.3 de la Resolución de convocatoria de 1 de junio de 2023,
puede interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Secretario de
Estado de Empleo y Economía Social en el plazo de un mes a partir del día siguiente de
la notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tal y como se establece en el artículo 13.4 de la convocatoria, sin perjuicio de lo
anterior, contra la presente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 11 de Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2023-23185
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 6 de noviembre de 2023.–El Secretario de Estado de Empleo y Economía
Social, Joaquín Pérez Rey.
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