III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-23110)
Resolución de 6 de noviembre de 2023, de la Dirección General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica la primera Adenda de prórroga al Convenio con la Ciudad de Melilla, para la atención integral de los usuarios del Centro de Atención a Personas con Discapacidad Intelectual «Francisco Gámez Morón».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272
Martes 14 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 150982
EXPONEN
Que con fecha 25 de noviembre de 2020 las partes firmaron un Convenio para la
atención integral de los usuarios del Centro de Atención a personas con discapacidad
intelectual «Francisco Gámez Morón» perteneciente a la Ciudad de Melilla, con una
vigencia de tres años.
Que, en el Convenio las partes contemplaron, en su cláusula undécima, la posibilidad
de prorrogar su duración por un periodo de hasta tres años adicionales.
Que es voluntad de las partes proceder a la prórroga del Convenio por un año.
Y, en consecuencia, las partes manifiestan su voluntad de firmar la presente Adenda
de prórroga del Convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
A través de la presente adenda se procede a prorrogar la duración del convenio
por el periodo de un año desde el 1 de diciembre de 2023 al 30 de noviembre de 2024.
Segunda.
Obligaciones de las partes.
La Ciudad Autónoma de Melilla se obliga a la atención integral de los beneficiarios
de las plazas, comprometiéndose a aceptar a los designados por el Imserso para ocupar
las plazas residenciales y las de centro de día.
En el caso de que la Ciudad Autónoma de Melilla considerara que los beneficiarios
designados por el Imserso no son aptos para el tipo de plaza, deberá ponerlo en
conocimiento del Instituto antes de finalizar el periodo de observación y adaptación
establecido de tres meses, contados a partir del día siguiente al ingreso en el centro,
mediante informe razonado, el cual servirá de base a la resolución que adopte la
Dirección General del Imserso.
El Imserso se compromete a abonar a la Ciudad Autónoma de Melilla, en concepto
de liquidación de estancias, la diferencia resultante entre la cantidad establecida en
concepto de coste/plaza y las cantidades abonadas por los usuarios ingresados, en los
plazos y conforme a los requisitos establecidos en la normativa aplicable a los centros
para personas con discapacidad.
Tercera.
Financiación y pago.
Cuarta.
Eficacia de la adenda.
La presente adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles
desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado» y facultativamente en el boletín
oficial de la ciudad autónoma.
cve: BOE-A-2023-23110
Verificable en https://www.boe.es
La cuantía económica que aportará el Imserso para la financiación de la presente
adenda de prórroga asciende a doce mil seiscientos diecinueve euros con sesenta y
nueve céntimos (12.619,69 euros) durante el año 2023, y seiscientos sesenta y tres mil
doscientos quince euros con ochenta y un céntimos (663.215,81 euros) para el año 2024.
La cantidad devengada se hará efectiva con cargo a la aplicación
presupuestaria 1003-6004.3131.2622 contra la certificación del gasto efectuado,
debidamente documentado y acreditado, que presente el órgano interventor de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
Núm. 272
Martes 14 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 150982
EXPONEN
Que con fecha 25 de noviembre de 2020 las partes firmaron un Convenio para la
atención integral de los usuarios del Centro de Atención a personas con discapacidad
intelectual «Francisco Gámez Morón» perteneciente a la Ciudad de Melilla, con una
vigencia de tres años.
Que, en el Convenio las partes contemplaron, en su cláusula undécima, la posibilidad
de prorrogar su duración por un periodo de hasta tres años adicionales.
Que es voluntad de las partes proceder a la prórroga del Convenio por un año.
Y, en consecuencia, las partes manifiestan su voluntad de firmar la presente Adenda
de prórroga del Convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
A través de la presente adenda se procede a prorrogar la duración del convenio
por el periodo de un año desde el 1 de diciembre de 2023 al 30 de noviembre de 2024.
Segunda.
Obligaciones de las partes.
La Ciudad Autónoma de Melilla se obliga a la atención integral de los beneficiarios
de las plazas, comprometiéndose a aceptar a los designados por el Imserso para ocupar
las plazas residenciales y las de centro de día.
En el caso de que la Ciudad Autónoma de Melilla considerara que los beneficiarios
designados por el Imserso no son aptos para el tipo de plaza, deberá ponerlo en
conocimiento del Instituto antes de finalizar el periodo de observación y adaptación
establecido de tres meses, contados a partir del día siguiente al ingreso en el centro,
mediante informe razonado, el cual servirá de base a la resolución que adopte la
Dirección General del Imserso.
El Imserso se compromete a abonar a la Ciudad Autónoma de Melilla, en concepto
de liquidación de estancias, la diferencia resultante entre la cantidad establecida en
concepto de coste/plaza y las cantidades abonadas por los usuarios ingresados, en los
plazos y conforme a los requisitos establecidos en la normativa aplicable a los centros
para personas con discapacidad.
Tercera.
Financiación y pago.
Cuarta.
Eficacia de la adenda.
La presente adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles
desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado» y facultativamente en el boletín
oficial de la ciudad autónoma.
cve: BOE-A-2023-23110
Verificable en https://www.boe.es
La cuantía económica que aportará el Imserso para la financiación de la presente
adenda de prórroga asciende a doce mil seiscientos diecinueve euros con sesenta y
nueve céntimos (12.619,69 euros) durante el año 2023, y seiscientos sesenta y tres mil
doscientos quince euros con ochenta y un céntimos (663.215,81 euros) para el año 2024.
La cantidad devengada se hará efectiva con cargo a la aplicación
presupuestaria 1003-6004.3131.2622 contra la certificación del gasto efectuado,
debidamente documentado y acreditado, que presente el órgano interventor de la Ciudad
Autónoma de Melilla.