II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2023-22972)
Resolución de 5 de noviembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convoca procedimiento de renovación de directores y directoras en los centros docentes públicos no universitarios en las ciudades de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 271
Lunes 13 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 149908
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
22972
Resolución de 5 de noviembre de 2023, de la Secretaría de Estado de
Educación, por la que se convoca procedimiento de renovación de directores
y directoras en los centros docentes públicos no universitarios en las
ciudades de Ceuta y Melilla.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por Ley
Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, dedica el título V a la «Participación, autonomía y
gobierno de los centros» y el capítulo IV de dicho título a la «Dirección de los centros
públicos», regulando en los artículos 133 a 139 el proceso de selección, nombramiento y
renovación de directores en los centros públicos.
Así, el apartado 2 del artículo 136 indica que el nombramiento de los directores o
directoras podrá renovarse, por periodos de igual duración, previa evaluación positiva del
trabajo desarrollado al final de los mismos, oído el Consejo Escolar. Los criterios y
procedimientos de esta evaluación serán públicos. Las Administraciones educativas
podrán fijar un límite máximo para la renovación de los mandatos.
La Orden EFP/376/2021, de 21 de abril, por la que se regula el procedimiento para la
selección, nombramiento, cese, renovación y evaluación de directoras y directores en los
centros docentes públicos no universitarios de Ceuta y Melilla, modificada por la Orden
EFP/547/2023, de 29 de mayo, recoge en su capítulo III el procedimiento de renovación.
En su artículo 24.1, se establece que los directores y las directoras que hayan sido
seleccionados conforme al capítulo II de esa orden, salvo los nombrados con carácter
extraordinario, podrán renovar su mandato por dos nuevos periodos de cuatro años cada
uno.
En virtud del Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, en la
presente resolución se dictan las siguientes instrucciones por las que se convoca
procedimiento de renovación de directores y directoras de centros públicos de Ceuta y
Melilla.
Primera.
Objeto y ámbito de aplicación.
1. El objeto de esta resolución es convocar procedimiento para la renovación de la
dirección en centros docentes públicos no universitarios de las ciudades de Ceuta y
Melilla.
2. El ámbito de aplicación comprende los centros en los que las personas
responsables de la dirección finalizan su mandato el 30 de junio de 2024 y que son
relacionados en el anexo.
Proceso de renovación.
1. Los directores y las directoras, podrán optar a renovar su mandato por un nuevo
periodo de cuatro años, debiendo manifestar expresamente su voluntad de renovación
en el cargo, mediante escrito dirigido a la Dirección Provincial correspondiente, conforme
al anexo II de la Orden EFP/376/2021, de 21 de abril, antes del 31 de diciembre de 2023.
2. Finalizado el mandato renovado, si este fuese el de su segunda renovación, para
poder optar a continuar con otro periodo deberán participar en un nuevo procedimiento
de selección.
cve: BOE-A-2023-22972
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 271
Lunes 13 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 149908
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
22972
Resolución de 5 de noviembre de 2023, de la Secretaría de Estado de
Educación, por la que se convoca procedimiento de renovación de directores
y directoras en los centros docentes públicos no universitarios en las
ciudades de Ceuta y Melilla.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por Ley
Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, dedica el título V a la «Participación, autonomía y
gobierno de los centros» y el capítulo IV de dicho título a la «Dirección de los centros
públicos», regulando en los artículos 133 a 139 el proceso de selección, nombramiento y
renovación de directores en los centros públicos.
Así, el apartado 2 del artículo 136 indica que el nombramiento de los directores o
directoras podrá renovarse, por periodos de igual duración, previa evaluación positiva del
trabajo desarrollado al final de los mismos, oído el Consejo Escolar. Los criterios y
procedimientos de esta evaluación serán públicos. Las Administraciones educativas
podrán fijar un límite máximo para la renovación de los mandatos.
La Orden EFP/376/2021, de 21 de abril, por la que se regula el procedimiento para la
selección, nombramiento, cese, renovación y evaluación de directoras y directores en los
centros docentes públicos no universitarios de Ceuta y Melilla, modificada por la Orden
EFP/547/2023, de 29 de mayo, recoge en su capítulo III el procedimiento de renovación.
En su artículo 24.1, se establece que los directores y las directoras que hayan sido
seleccionados conforme al capítulo II de esa orden, salvo los nombrados con carácter
extraordinario, podrán renovar su mandato por dos nuevos periodos de cuatro años cada
uno.
En virtud del Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, en la
presente resolución se dictan las siguientes instrucciones por las que se convoca
procedimiento de renovación de directores y directoras de centros públicos de Ceuta y
Melilla.
Primera.
Objeto y ámbito de aplicación.
1. El objeto de esta resolución es convocar procedimiento para la renovación de la
dirección en centros docentes públicos no universitarios de las ciudades de Ceuta y
Melilla.
2. El ámbito de aplicación comprende los centros en los que las personas
responsables de la dirección finalizan su mandato el 30 de junio de 2024 y que son
relacionados en el anexo.
Proceso de renovación.
1. Los directores y las directoras, podrán optar a renovar su mandato por un nuevo
periodo de cuatro años, debiendo manifestar expresamente su voluntad de renovación
en el cargo, mediante escrito dirigido a la Dirección Provincial correspondiente, conforme
al anexo II de la Orden EFP/376/2021, de 21 de abril, antes del 31 de diciembre de 2023.
2. Finalizado el mandato renovado, si este fuese el de su segunda renovación, para
poder optar a continuar con otro periodo deberán participar en un nuevo procedimiento
de selección.
cve: BOE-A-2023-22972
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Segunda.