II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-23008)
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Universidad Pompeu Fabra, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 13 de noviembre de 2023
7.

Sec. II.B. Pág. 149994

Propuesta de provisión

7.1 La Comisión de Selección propondrá a la rectora, motivadamente y con carácter
vinculante, una relación de todas las personas candidatas por orden de preferencia para
su nombramiento, sin que pueda exceder el número de plazas convocadas. También
puede proponer dejar vacante alguna de las plazas por el hecho de que no haya
suficientes candidatos que hayan superado los requisitos mínimos. En ambos casos, la
propuesta deberá especificar los resultados de la evaluación de todos los candidatos
desglosada por cada uno de los aspectos evaluados.
7.2 La propuesta de provisión de la plaza convocada se hará pública en la web:
http://www.upf.edu/web/personal/ofertes-pdi
7.3 De acuerdo con el artículo 109 de los Estatutos de la Universidad Pompeu
Fabra, contra la propuesta de la Comisión, los candidatos pueden presentar reclamación
ante la rectora en el plazo de 10 días hábiles a contar desde la publicación de la
propuesta de la Comisión.
8.

Resolución del concurso

8.1 La persona que sea propuesta para la provisión de la plaza deberá presentar en
el Registro de la Universidad, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde la fecha
en que se haga pública la propuesta de provisión, la documentación que se indica a
continuación:
Se debe presentar en original:
a) Certificado médico oficial que acredite lo establecido en el apartado d) de la
base 2.1.
b) Declaración jurada que justifique el requisito especificado en el apartado e) de la
base 2.1.
c) Declaración de no estar incluido en ninguno de los supuestos de incompatibilidad
previstos en la legislación vigente o ejercer, en el plazo de toma de posesión, la opción
prevista en el artículo 10 de Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del
personal al servicio de las administraciones públicas.
Se debe presentar en original y copia en DIN4 para que el Registro General pueda
hacer las comprobaciones oportunas:
a) La acreditación de los conocimientos de catalán deberá hacerse de acuerdo con
el Decreto 128/2010, de 14 de septiembre. Se puede consultar más información en la
web de Lenguas UPF:
https://www.upf.edu/web/llengues/acreditacio/acreditacio-professors
8.2 Si los aspirantes no presentan la documentación necesaria dentro del plazo
a que hace referencia la base 8.1, salvo los casos de fuerza mayor, que serán
debidamente comprobados por la autoridad convocante, o si no cumplen los requisitos
necesarios, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hayan podido incurrir en caso de falsedad.
8.3 Si algún aspirante propuesto se encontrara en la situación que describe la
base 8.2, la Comisión de Selección podrá proponer al aspirante siguiente en orden
de puntuación dentro de la plaza.
8.4 Una vez comprobada la documentación a que se refiere la base 8.1, la rectora
nombrará funcionario o funcionaria a la persona aspirante propuesta que haya acreditado
cumplir los requisitos de la base 2, la cual dispondrá del plazo máximo de veinte días
hábiles para tomar posesión de la plaza a partir del día siguiente de la publicación del
nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2023-23008
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Núm. 271