II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-23017)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas de Ayudante de Biblioteca PB.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 13 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 150139
7.2.3.2 Segunda prueba. Consistirá en la resolución por escrito a las preguntas y/o
supuestos teórico-prácticos relacionados con las materias de la parte específica del
temario que figura en el anexo I de estas bases.
El tiempo máximo para la realización de esta prueba no podrá ser superior a tres
horas.
7.2.3.3 Tercera prueba. Consistirá en resolver por escrito uno o varios supuestos
prácticos y/o teórico-prácticos relacionados con las materias de la parte específica del
temario que figura en el anexo I de estas bases.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio se determinará por el Tribunal
antes de su comienzo, con un máximo de cinco horas.
7.2.3.4 Las pruebas primera, segunda y tercera se llevarán a cabo mediante el
sistema de plicas.
7.2.4 Valoración de las pruebas de la oposición. La valoración de las pruebas de la
oposición podrá alcanzar un máximo de 100 puntos, distribuidos como sigue:
7.2.4.1 Primera prueba (hasta un máximo de 25 puntos): Se calificará de 0 a 25
puntos.
La prueba será eliminatoria, quedando eliminadas las personas aspirantes que no
alcancen, al menos, la mitad de la puntuación asignada a la prueba.
7.2.4.2 Segunda prueba (hasta un máximo de 35 puntos): Se calificará de 0 a 35
puntos.
La prueba será eliminatoria, quedando eliminadas las personas aspirantes que no
alcancen, al menos, la mitad de la puntuación asignada a la prueba.
7.2.4.3 Tercera prueba (hasta un máximo de 40 puntos): Se calificará de 0 a 40
puntos.
Se valorará la calidad técnica de la solución propuesta, la sistemática, la capacidad
de análisis y la capacidad de expresión escrita del aspirante, así como los conocimientos
sobre las materias contenidas en el temario.
La prueba será eliminatoria, quedando eliminadas las personas aspirantes que no
alcancen, al menos, la mitad de la puntuación asignada a la prueba.
7.3 Concluida la calificación de cada prueba, el Tribunal publicará en el tablón
electrónico de la Universidad Pública de Navarra, las puntuaciones obtenidas por las
personas aspirantes y abrirá un plazo de cinco días hábiles, para que las personas
interesadas puedan alegar, de forma telemática, lo que a su derecho convenga.
7.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá
proponer su exclusión al Gerente de la Universidad, comunicándole asimismo las
inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de
admisión a las pruebas, a los efectos procedentes.
8.
Relación de personas aprobadas
8.1 La calificación final será la suma de la puntuación resultante de las pruebas.
8.2 Los empates que se produzcan se dirimirán a favor de quienes obtengan mayor
puntuación en la segunda prueba; y en caso de ser coincidente, se tomarán en
consideración las puntuaciones obtenidas en la tercera prueba.
De permanecer el empate se resolverá mediante un único sorteo celebrado en acto
público convocado al efecto. Los resultados del mismo se harán públicos en el tablón de
anuncios de la Universidad Pública de Navarra.
8.3 Una vez terminada la última prueba, el Tribunal calificador publicará la relación
de personas aprobadas con las calificaciones obtenidas, distribuidas por turnos y por
orden de puntuación alcanzada, comunicando dicha relación al Servicio de Recursos
cve: BOE-A-2023-23017
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 271
Lunes 13 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 150139
7.2.3.2 Segunda prueba. Consistirá en la resolución por escrito a las preguntas y/o
supuestos teórico-prácticos relacionados con las materias de la parte específica del
temario que figura en el anexo I de estas bases.
El tiempo máximo para la realización de esta prueba no podrá ser superior a tres
horas.
7.2.3.3 Tercera prueba. Consistirá en resolver por escrito uno o varios supuestos
prácticos y/o teórico-prácticos relacionados con las materias de la parte específica del
temario que figura en el anexo I de estas bases.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio se determinará por el Tribunal
antes de su comienzo, con un máximo de cinco horas.
7.2.3.4 Las pruebas primera, segunda y tercera se llevarán a cabo mediante el
sistema de plicas.
7.2.4 Valoración de las pruebas de la oposición. La valoración de las pruebas de la
oposición podrá alcanzar un máximo de 100 puntos, distribuidos como sigue:
7.2.4.1 Primera prueba (hasta un máximo de 25 puntos): Se calificará de 0 a 25
puntos.
La prueba será eliminatoria, quedando eliminadas las personas aspirantes que no
alcancen, al menos, la mitad de la puntuación asignada a la prueba.
7.2.4.2 Segunda prueba (hasta un máximo de 35 puntos): Se calificará de 0 a 35
puntos.
La prueba será eliminatoria, quedando eliminadas las personas aspirantes que no
alcancen, al menos, la mitad de la puntuación asignada a la prueba.
7.2.4.3 Tercera prueba (hasta un máximo de 40 puntos): Se calificará de 0 a 40
puntos.
Se valorará la calidad técnica de la solución propuesta, la sistemática, la capacidad
de análisis y la capacidad de expresión escrita del aspirante, así como los conocimientos
sobre las materias contenidas en el temario.
La prueba será eliminatoria, quedando eliminadas las personas aspirantes que no
alcancen, al menos, la mitad de la puntuación asignada a la prueba.
7.3 Concluida la calificación de cada prueba, el Tribunal publicará en el tablón
electrónico de la Universidad Pública de Navarra, las puntuaciones obtenidas por las
personas aspirantes y abrirá un plazo de cinco días hábiles, para que las personas
interesadas puedan alegar, de forma telemática, lo que a su derecho convenga.
7.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá
proponer su exclusión al Gerente de la Universidad, comunicándole asimismo las
inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de
admisión a las pruebas, a los efectos procedentes.
8.
Relación de personas aprobadas
8.1 La calificación final será la suma de la puntuación resultante de las pruebas.
8.2 Los empates que se produzcan se dirimirán a favor de quienes obtengan mayor
puntuación en la segunda prueba; y en caso de ser coincidente, se tomarán en
consideración las puntuaciones obtenidas en la tercera prueba.
De permanecer el empate se resolverá mediante un único sorteo celebrado en acto
público convocado al efecto. Los resultados del mismo se harán públicos en el tablón de
anuncios de la Universidad Pública de Navarra.
8.3 Una vez terminada la última prueba, el Tribunal calificador publicará la relación
de personas aprobadas con las calificaciones obtenidas, distribuidas por turnos y por
orden de puntuación alcanzada, comunicando dicha relación al Servicio de Recursos
cve: BOE-A-2023-23017
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 271