III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Entidades de seguros. (BOE-A-2023-23044)
Orden ETD/1220/2023, de 30 de octubre, de autorización administrativa de la fusión por absorción de Sa Nostra, Compañía de Seguros de Vida, SA, por Vida-Caixa, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 271

Lunes 13 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 150600

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
23044

Orden ETD/1220/2023, de 30 de octubre, de autorización administrativa de la
fusión por absorción de Sa Nostra, Compañía de Seguros de Vida, SA, por
Vida-Caixa, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.

La entidad Vida-Caixa, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, inscrita en el
Registro administrativo de entidades aseguradoras con clave C0611, y la entidad
SA Nostra Compañía de Seguros de Vida, SA, inscrita en el mencionado Registro con la
clave C0643, han presentado solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo
la operación de fusión por absorción de la entidad SA Nostra Compañía de Seguros de
Vida, SA, por parte de la entidad Vida-Caixa, Sociedad Anónima de Seguros y
Reaseguros.
Cabe señalar que las citadas entidades aseguradoras se encuentran, asimismo,
autorizadas para actuar como gestoras de fondos de pensiones. De esta forma, la
operación de fusión proyectada supone la asunción de la gestión de los fondos de
pensiones de la entidad SA Nostra Compañía de Seguros de Vida, SA, inscrita en el
Registro administrativo de entidades gestoras de fondos de pensiones con la clave G0012,
por la entidad Vida-Caixa, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, inscrita en el
Registro administrativo de entidades gestoras de fondos de pensiones con la clave G0021.
De conformidad con los dispuesto en el artículo 85.7 del Reglamento de planes y
fondos de pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, en el caso
de gestoras de fondos de pensiones que sean entidades aseguradoras, la fusión se
regirá por la normativa específica de entidades aseguradoras.
De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada se concluye que se ha
dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 90 de la Ley 20/2015,
de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y
reaseguradoras, y en los artículos 109 y 110 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de
noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y
reaseguradoras, para llevar a cabo la operación de fusión.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de
Pensiones, resuelvo:
Primero.
Autorizar, en los términos de la solicitud presentada, la fusión por absorción de la
entidad SA Nostra Compañía de Seguros de Vida, SA, por parte de la entidad VidaCaixa, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.

Declarar la extinción y cancelación de la entidad SA Nostra Compañía de Seguros de
Vida, SA, en el Registro administrativo de entidades aseguradoras y reaseguradoras al
que se refiere el artículo 40 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, así como en el Registro
administrativo de entidades gestoras de fondos de pensiones previsto en el artículo 96.3
del Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004,
de 20 de febrero.

cve: BOE-A-2023-23044
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Segundo.