II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Asesores técnicos en el exterior. (BOE-A-2023-22867)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de asesores técnicos/as en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270

Sábado 11 de noviembre de 2023

Méritos

Sec. II.B. Pág. 149617

Puntos

Documentación justificativa

b) Titulaciones de segundo ciclo: Por los estudios correspondientes al segundo ciclo de Licenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas o títulos
declarados legalmente equivalentes.
En el caso de funcionarios pertenecientes a Cuerpos docentes del grupo A1, en ningún caso se valorará el primer título o estudios de esta
naturaleza que posea el candidato.
Las titulaciones de solo segundo ciclo y los títulos declarados equivalentes u homologados a todos los efectos al título universitario de
Licenciado, únicamente se valorarán como un segundo ciclo.

0,50

Copia de cuantos títulos se posean o, en su caso, los certificados del abono de los derechos de expedición, de acuerdo con lo
previsto en la Orden de 8 de julio de 1988 (BOE del 13), así como certificación académica en la que se acredite la superación de
los estudios correspondientes al segundo ciclo.
La presentación de la copia del título de licenciado, Ingeniero o Arquitecto sin la certificación de calificaciones podrá dar lugar,
exclusivamente, al reconocimiento de la puntuación correspondiente a la titulación de segundo ciclo.

4.2.3 Por certificaciones oficiales de idiomas:
a) Certificado de Nivel Intermedio B2, Nivel Avanzado C1 o Nivel Avanzado C2, Certificado de Aptitud de las Escuelas Oficiales de Idiomas o
equivalentes según lo establecido en el anexo II del Real Decreto 1041/2017.
Asimismo se valorarán los certificados oficiales de estos niveles, recogidos por las mesas lingüísticas de alemán, francés, inglés, italiano y
portugués de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas, así como los establecidos en el anexo V de esta convocatoria.

0,50

b) Certificado de Nivel Intermedio B1, Ciclo Elemental de las Escuelas Oficiales de Idiomas o equivalente según lo establecido en el anexo II del
Real Decreto 1041/2017.
Asimismo, se valorarán los certificados oficiales de este nivel, recogidos por las mesas lingüísticas de alemán, francés, inglés, italiano y
portugués de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas, así como los establecidos en el anexo V de esta convocatoria.

0,25

Copia del certificado.

cve: BOE-A-2023-22867
Verificable en https://www.boe.es

Cuando proceda valorar el Certificado de Nivel Intermedio B2, Nivel Avanzado C1, Nivel Avanzado C2 y el Certificado de Aptitud, o equivalente, de un idioma, no se valorará ningún certificado de nivel inferior del mismo idioma. Asimismo, cuando se presenten para su baremación varios
certificados de un mismo idioma y nivel solo se tendrá en cuenta uno de estos certificados.