III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2023-22930)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión entre la Secretaría de Estado de Seguridad, la Comunidad Autónoma de Andalucía y el Consejo Consultivo de Andalucía, en materia de seguridad y protección de los edificios judiciales y del Consejo Consultivo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270

Sábado 11 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 149748

Los datos personales facilitados por las partes concernientes a los firmantes de la
presente Encomienda de gestión serán tratados exclusivamente con la finalidad de
formalizar y ejecutar el mismo. Y ello sobre la base de lo previsto en el artículo 6.1.b) del
Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento General de
Protección de Datos).
Las partes se comprometen a adoptar las medidas de carácter técnico y organizativo
necesarias exigidas por la citada normativa que garanticen la seguridad de los datos de
carácter personal y eviten su alteración, pérdida de tratamiento y acceso no autorizado,
teniendo en cuenta el estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y
los riesgos a los cuales están expuestos, provengan de la acción humana o del medio
físico o natural.
Los referidos datos personales podrán ser comunicados a Administraciones Públicas,
órganos judiciales y órganos de control en cumplimiento de una obligación legal. Una vez
dejen de ser necesarios o en los casos en los que se haya ejercitado el derecho de
supresión, se mantendrán bloqueados para atender posibles responsabilidades
derivadas del tratamiento, hasta su plazo de prescripción, tras el que serán eliminados.
Duodécima.

Publicidad.

La presente encomienda podrá ser puesta a disposición de los ciudadanos en el
Portal de la Transparencia, en aplicación de los dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la información pública y
Buen Gobierno.
Decimotercera.

Vinculación entre las partes.

El presente convenio de encomienda de gestión no generará ningún tipo de
vinculación contractual ni laboral entre las partes firmantes y las personas físicas que
desempeñen las actividades propias del mismo.
Decimocuarta.

Resolución del Convenio suscrito el 18 de diciembre de 2019.

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, en el ejercicio de las facultades
que legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, y obligando a las
Administraciones Públicas que cada cual representan, se suscribe el presente convenio
de encomienda de gestión en el lugar arriba indicado y en la fecha de firma.–Por la
Secretaría de Estado de Seguridad, el Director General de la Guardia Civil, Leonardo
Marcos González.–El Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública,
José Antonio Nieto Ballesteros.–La Presidenta del Consejo Consultivo de Andalucía,
María Jesús Gallardo Castillo.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-22930
Verificable en https://www.boe.es

Se acuerda resolver el convenio suscrito por los firmantes el 18 de diciembre
de 2019, dando lugar a su liquidación y extinción desde la publicación del presente
convenio de encomienda de gestión en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
Desde la fecha en que el presente convenio de encomienda de gestión adquiera
eficacia jurídica, sustituirá en su totalidad al firmado por las partes el 18 de diciembre
de 2019, convenio que por consiguiente se declara resuelto, liquidado y extinto.