III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Trabajadores del mar. Formación sanitaria. (BOE-A-2023-22943)
Resolución de 26 de octubre de 2023, del Instituto Social de la Marina, por la que se homologa para la impartición de formación sanitaria específica inicial en su modalidad estable, así como sus actualizaciones, al centro privado Academia A Mariña, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270

Sábado 11 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 149830

de 5 de marzo, y en la Resolución de 24 de abril de 2013, del Instituto Social de la
Marina, esta Dirección ha resuelto:
Primero.
Homologar al centro privado Academia A Mariña, SL, para impartir cursos de
formación sanitaria específica inicial en modalidad estable, en las aulas situadas en
Avenida Arcadio Pardiñas, 44, en Burela (LUGO - 27880), así como sus actualizaciones
en la misma modalidad autorizada.
Segundo.
Esta homologación tendrá una validez de tres años, a contar desde su notificación a
la empresa solicitante, pudiéndose prorrogar por periodos trianuales sucesivos a la vista
de la memoria, planes de estudios, prácticas y demás documentación que presente el
centro sobre los cursos realizados en base a la homologación, siempre que se solicite, al
menos, un mes antes de la fecha de expiración.
Tercero.
La comunicación relativa a la fecha de inicio y finalización, contenidos, programación,
horarios y docentes deberá realizarse con al menos quince días de antelación a su
comienzo, en la dirección provincial de enlace del Instituto Social de la Marina en cuyo
ámbito territorial esté sito el centro y se desarrolle la actividad formativa, aportando
asimismo la información sobre la distribución del contenido del curso en las fechas de
desarrollo del mismo, de acuerdo con el artículo 7 de la Orden PRE/646/2004, de 5 de
marzo, por la que se establecen los contenidos mínimos de los programas de formación
sanitaria específica y las condiciones para la expedición y homologación del certificado
de formación sanitaria de los trabajadores del mar.
En ningún caso se podrá solicitar autorización para impartir cursos de forma
simultánea con idéntica temporalización.
Asimismo, cualquier modificación que se prevea que vaya a producirse, en los
medios materiales o humanos de que dispone el centro, así como en el calendario de
impartición o programación de los cursos, habrá que comunicarlo, con carácter previo, a
la Dirección Provincial del Instituto Social de la Marina en Lugo. Cuando no sea posible
notificarlo con anterioridad, se pondrá en conocimiento a la mayor urgencia y nunca en
fecha posterior a los cinco días hábiles siguientes a aquel en que esta modificación
tuviera lugar.
Cuarto.

Quinto.
El centro privado Academia A Mariña, SL, entregará a los alumnos la certificación
acreditativa de haber superado el curso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7
de la Orden PRE/646/2004, de 5 de marzo. Además, en el plazo no superior a siete días
desde la finalización del curso correspondiente, el centro remitirá el acta correspondiente
a la Dirección Provincial del Instituto Social de la Marina de Lugo.

cve: BOE-A-2023-22943
Verificable en https://www.boe.es

En el plazo no superior a setenta y dos horas posteriores a la finalización de cada
curso, el centro privado Academia A Mariña, SL, remitirá a la Dirección Provincial del
Instituto Social de la Marina en Lugo, mediante medios telemáticos, los datos de los
alumnos que hayan superado el mismo, de acuerdo con los contenidos determinados en
la Orden PRE/646/2004, de 5 de marzo, y en la Resolución de 24 de abril de 2013, del
Instituto Social de la Marina.