I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Seguridad Social. Cierre del ejercicio. (BOE-A-2023-22855)
Orden ISM/1207/2023, de 6 de noviembre, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2023 para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270

Sábado 11 de noviembre de 2023

Sec. I. Pág. 149489

certificación que, autorizada por el Director de la entidad correspondiente, se remitirá a la
Tesorería General de la Seguridad Social, con fecha límite de 30 de abril de 2024, a los
efectos previstos en el apartado anterior, la cual podrá solicitar de dichas entidades y
servicios cuantas aclaraciones considere necesarias en relación con la imputación de los
citados gastos.
Disposición adicional única.
Social.

Actuaciones de la Tesorería General de la Seguridad

Por la Tesorería General de la Seguridad Social se adoptarán las medidas precisas
para que la información a que se refiere el artículo 2.5, así como toda aquella que deba
suministrar al resto de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, con
ocasión del cierre del ejercicio, obre en poder de los servicios que en cada caso hayan
de recibirla, la primera semana de marzo de 2024.
Disposición final primera.

Facultades de aplicación y desarrollo.

Se faculta a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones para dictar las
instrucciones necesarias para la ejecución y el desarrollo de lo dispuesto en esta orden.
Disposición final segunda.

Operatoria contable.

El registro contable de todas las operaciones contempladas en esta orden, así como de
las correspondientes a la regularización y cierre del ejercicio 2023, se realizará de acuerdo
con los criterios que al efecto dicte la Intervención General de la Seguridad Social, en virtud
de lo establecido en el artículo 125.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre.
Disposición final tercera.

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2023-22855
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 6 de noviembre de 2023.–El Ministro de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, José Luis Escrivá Belmonte.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X