V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2023-32953)
Resolución de la Autoridad Portuaria de Avilés por la que se anuncia el otorgamiento de una concesión administrativa al Ayuntamiento de Avilés para ocupación de superficie para la instalación de una nueva zona de elementos biosaludables en el paseo de San Juan de Nieva.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 269
Viernes 10 de noviembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 53641
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
32953
Resolución de la Autoridad Portuaria de Avilés por la que se anuncia el
otorgamie nto de una conce sión administrativa al Ayuntamie nto de
Avilés para ocupación de superficie para la instalación de una nueva
zona de elementos biosaludables en el paseo de San Juan de Nieva.
En sesión celebrada con fecha 24 de octubre de 2023, el Consejo de
Administración de la Autoridad Portuaria de Avilés, en virtud de las facultades
conferidas por el artículo 30.5, apartado n), del Real Decreto Legislativo 2/2011, de
5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos
del Estado y de la Marina Mercante, acordó el otorgamiento de una concesión
administrativa al Ayuntamiento de Avilés para ocupación de superficie para la
instalación de una nueva zona de elementos biosaludables en el paseo de San
Juan de Nieva, dentro de la zona de servicio del Puerto de Avilés.
Entre las condiciones más importantes de la concesión destacan las
siguientes:
Titular: Ayuntamiento de Avilés.
Objeto: "Ocupación de superficie para la instalación de una nueva zona de
elementos biosaludables en el paseo de San Juan de Nieva, dentro de la zona de
servicio del Puerto de Avilés".
Superficie: 25 m².
Plazo: ocho (8) años.
Tasas aplicables para el año 2023:
Tasa por ocupación: 88,68 €/año. No obstante, de acuerdo con el artículo
181.2.c) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante, se aplicará una bonificación del 50 por ciento.
Tasa de actividad: 20 por ciento de la tasa de Ocupación.
Lo que se hace público para el general conocimiento, de conformidad a lo
previsto en el artículo 85.7 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de
septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del
Estado y de la Marina Mercante.
Avilés, 31 de octubre de 2023.- El Presidente, Santiago Rodríguez Vega.
cve: BOE-B-2023-32953
Verificable en https://www.boe.es
ID: A230042117-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 269
Viernes 10 de noviembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 53641
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MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
32953
Resolución de la Autoridad Portuaria de Avilés por la que se anuncia el
otorgamie nto de una conce sión administrativa al Ayuntamie nto de
Avilés para ocupación de superficie para la instalación de una nueva
zona de elementos biosaludables en el paseo de San Juan de Nieva.
En sesión celebrada con fecha 24 de octubre de 2023, el Consejo de
Administración de la Autoridad Portuaria de Avilés, en virtud de las facultades
conferidas por el artículo 30.5, apartado n), del Real Decreto Legislativo 2/2011, de
5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos
del Estado y de la Marina Mercante, acordó el otorgamiento de una concesión
administrativa al Ayuntamiento de Avilés para ocupación de superficie para la
instalación de una nueva zona de elementos biosaludables en el paseo de San
Juan de Nieva, dentro de la zona de servicio del Puerto de Avilés.
Entre las condiciones más importantes de la concesión destacan las
siguientes:
Titular: Ayuntamiento de Avilés.
Objeto: "Ocupación de superficie para la instalación de una nueva zona de
elementos biosaludables en el paseo de San Juan de Nieva, dentro de la zona de
servicio del Puerto de Avilés".
Superficie: 25 m².
Plazo: ocho (8) años.
Tasas aplicables para el año 2023:
Tasa por ocupación: 88,68 €/año. No obstante, de acuerdo con el artículo
181.2.c) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante, se aplicará una bonificación del 50 por ciento.
Tasa de actividad: 20 por ciento de la tasa de Ocupación.
Lo que se hace público para el general conocimiento, de conformidad a lo
previsto en el artículo 85.7 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de
septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del
Estado y de la Marina Mercante.
Avilés, 31 de octubre de 2023.- El Presidente, Santiago Rodríguez Vega.
cve: BOE-B-2023-32953
Verificable en https://www.boe.es
ID: A230042117-1
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