III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-22840)
Resolución de 6 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de octubre de 2023, por el que se dispone la aplicación del artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, al Proyecto de modernización integral de la Comunidad de Regantes n.º V de los Riegos de Bardenas (Zona 1) (Zaragoza), comprendido en las obras de modernización de regadíos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española, Fase I.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 269

Viernes 10 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 149412

d) Certificación de que las actuaciones no conllevan repercusiones sobre los
hábitats y especies objeto de conservación en los espacios incluidos en la Red
Natura 2000, de conformidad con el procedimiento establecido por el artículo 8.5 de la
Ley 21/2013, de 21 de diciembre. Anexo IV
e) Informe favorable del organismo de cuenca correspondiente, respecto a la
compatibilidad con su planificación hidrológica vigente y a la no afección a los recursos
hídricos, según lo previsto en el apartado segundo de este acuerdo. Este informe cumple
con los requisitos establecidos en el apartado tercero del Acuerdo del Consejo de
Ministros de 11 de julio de 2023, es decir, se acredita que los recursos hídricos del
proyecto están contemplados en el Plan Hidrológico vigente de la demarcación
hidrográfica correspondiente y no se han encontrado incoherencias entre estas
demandas y los objetivos medioambientales, la asignación de esos recursos, los demás
usos del agua, el programa de medidas, el régimen de caudales ecológicos y otras
determinaciones del plan hidrológico. Asimismo, se identifican a efectos de extracción y
retorno las masas de agua afectadas, incluidas sus estados ecológico, químico y global.
Anexo V.
f) Informe favorable de la Administración competente sobre seguridad de presas,
embalses y balsas, según lo dispuesto por los artículos 360 y 362.2.b) del Real
Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio
Público Hidráulico, que desarrolla los títulos preliminar I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985,
de 2 de agosto, de Aguas, en caso de que la actuación requiera una o más balsas, como
elementos de almacenamiento o regulación de sistemas de riego para la consecución de
los objetivos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos
(Inversión C3.I1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia). Anexo VI.
Tercero.

Exclusión de la evaluación de impacto ambiental del proyecto.

Constatado el cumplimiento de las condiciones establecidas en el protocolo
aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros del 11 de julio de 2023, se excluye de la
evaluación de impacto ambiental establecida en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, en virtud del artículo 8.3 de la misma, el «Proyecto de
Modernización integral de la Comunidad de Regantes n.º V de los riegos de Bardenas
(Zona 1) (Zaragoza)».
Cuarto.

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cve: BOE-A-2023-22840
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El órgano sustantivo publicará el acuerdo de exclusión y los motivos que lo justifican
en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, comunicará esta información a la Comisión
Europea.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X