II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado. (BOE-A-2023-22810)
Resolución de 6 de noviembre de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba la relación de personas admitidas y excluidas, se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio, se modifica y se corrigen errores en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado, convocado por Resolución de 21 de septiembre de 2023.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 269
Viernes 10 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 149348
Tercero.
La Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas
aspirantes admitidas y excluidas, una vez subsanadas las causas de exclusión o
estimadas las alegaciones de las personas interesadas, se publicará en los lugares
indicados en el apartado primero de esta resolución.
Cuarto.
Se convoca a las personas aspirantes admitidas a la realización del primer ejercicio
en la fecha, hora y lugar que se indican en el anexo III de esta resolución.
Quinto.
El día de celebración del ejercicio las personas aspirantes deberán ir provistas del
Documento Nacional de Identidad, permiso de conducción o pasaporte y el ejemplar de
su solicitud de admisión al proceso selectivo.
Sexto.
La opción de acreditación de conocimientos de idioma mediante titulación para la
segunda parte del tercer ejercicio, estará condicionada a la verificación por parte del
Tribunal de la idoneidad de la documentación aportada por las personas aspirantes de
acuerdo con lo dispuesto en la base 3.2 del apartado A.1, del anexo I de la Resolución
de convocatoria.
Séptimo.
Dentro del marco establecido por las bases y demás normas reguladoras de la citada
convocatoria, se autoriza a los Tribunales titulares y suplentes para su actuación
simultánea.
Octavo.
La base 7.4 de la Resolución de 21 de septiembre de 2023 se modifica en el sentido
siguiente:
Donde dice: «7.4 En relación con la conservación de calificaciones y exención de
ejercicios, a las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad se les
aplicará lo establecido en el punto A.4.2 del anexo I.»
Debe decir: «7.4 En relación con la conservación de calificaciones y exención de
ejercicios, a las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad se les
aplicará lo establecido en el punto A.4 del anexo I.»
Noveno.
Tribunal titular 1, donde dice: «Doña Francisco Javier García Berrocal», debe decir:
«Don Francisco Javier García Berrocal».
Tribunal suplente 1, donde dice: «Don José Alberto Pérez», debe decir: «Don José
Alberto Pérez Pérez».
Tribunal titular 2, donde dice: «Don Manuel Olleros Lledo», debe decir: «Don Manuel
Olleros Lledó».
Tribunal suplente 2, donde dice: «Doña María Paloma Lamothe Torre» debe decir:
«Doña María Lamothe Torres».
cve: BOE-A-2023-22810
Verificable en https://www.boe.es
Advertidos errores en los datos de varios miembros de los tribunales, anexo III de la
Resolución de 21 de septiembre de 2023, se corrigen en la forma siguiente:
Núm. 269
Viernes 10 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 149348
Tercero.
La Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas
aspirantes admitidas y excluidas, una vez subsanadas las causas de exclusión o
estimadas las alegaciones de las personas interesadas, se publicará en los lugares
indicados en el apartado primero de esta resolución.
Cuarto.
Se convoca a las personas aspirantes admitidas a la realización del primer ejercicio
en la fecha, hora y lugar que se indican en el anexo III de esta resolución.
Quinto.
El día de celebración del ejercicio las personas aspirantes deberán ir provistas del
Documento Nacional de Identidad, permiso de conducción o pasaporte y el ejemplar de
su solicitud de admisión al proceso selectivo.
Sexto.
La opción de acreditación de conocimientos de idioma mediante titulación para la
segunda parte del tercer ejercicio, estará condicionada a la verificación por parte del
Tribunal de la idoneidad de la documentación aportada por las personas aspirantes de
acuerdo con lo dispuesto en la base 3.2 del apartado A.1, del anexo I de la Resolución
de convocatoria.
Séptimo.
Dentro del marco establecido por las bases y demás normas reguladoras de la citada
convocatoria, se autoriza a los Tribunales titulares y suplentes para su actuación
simultánea.
Octavo.
La base 7.4 de la Resolución de 21 de septiembre de 2023 se modifica en el sentido
siguiente:
Donde dice: «7.4 En relación con la conservación de calificaciones y exención de
ejercicios, a las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad se les
aplicará lo establecido en el punto A.4.2 del anexo I.»
Debe decir: «7.4 En relación con la conservación de calificaciones y exención de
ejercicios, a las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad se les
aplicará lo establecido en el punto A.4 del anexo I.»
Noveno.
Tribunal titular 1, donde dice: «Doña Francisco Javier García Berrocal», debe decir:
«Don Francisco Javier García Berrocal».
Tribunal suplente 1, donde dice: «Don José Alberto Pérez», debe decir: «Don José
Alberto Pérez Pérez».
Tribunal titular 2, donde dice: «Don Manuel Olleros Lledo», debe decir: «Don Manuel
Olleros Lledó».
Tribunal suplente 2, donde dice: «Doña María Paloma Lamothe Torre» debe decir:
«Doña María Lamothe Torres».
cve: BOE-A-2023-22810
Verificable en https://www.boe.es
Advertidos errores en los datos de varios miembros de los tribunales, anexo III de la
Resolución de 21 de septiembre de 2023, se corrigen en la forma siguiente: