III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-22795)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Oficina de Coordinación para la Presidencia Española de la Unión Europea, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y el Palacio de Bellas Artes de Bruselas, con motivo de la realización de una exposición de Antoni Tàpies en Bruselas como parte de la agenda cultural de la Presidencia Española del Consejo de la Unión Europea.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 149243
Y de otra, don Christophe Slagmuylder, en nombre y representación del Palacio de
Bellas Artes de Bruselas (en adelante BOZAR), con domicilio en Rue Ravenstein, 24,
1000 Bruselas, y DNI ***5.084****, actuando en calidad de CEO y Director Artístico del
mismo, en virtud del nombramiento acordado por la Ministra de las Instituciones
culturales federales, H. Lahbib y el Consejo de Ministros, publicado por el Real
Decreto 2022/206932, de 4 de diciembre de 2022 (Moniteur Belge n.º 97568, de 16 de
diciembre de 2022).
EXPONEN
1. Que España ostentará la Presidencia rotatoria del Consejo de la Unión Europea
durante el segundo semestre de 2023, lo que conllevará la celebración de Cumbres de
Jefes de Estado o de Gobierno, Reuniones Ministeriales, así como un amplio programa
cultural de difusión y reflexión que acerque a la ciudadanía los valores, proyectos y
desafíos actuales de la Unión Europea.
2. Que, con el objetivo de programar, planificar, coordinar y ejecutar las actividades
de las administraciones públicas, instituciones y organismos en el contexto de la
Presidencia española de la Unión Europea (PEUE), se crea, adscrito a la Presidencia del
Gobierno, por Real Decreto 41/2022, de 12 de enero, el Comité Organizador de la
Presidencia Española de la Unión Europea. El citado Comité estará asistido por la
Oficina de Coordinación para la Presidencia Española de la Unión Europea (OCPUE),
introducida por el Real Decreto 945/2021, de 27 de octubre, por el que se modifica el
Real Decreto 634/2021, de 26 de julio, por el que se reestructura la Presidencia del
Gobierno.
3. Que según establece el Real Decreto 662/2022, de 29 de julio, por el que se
reestructura la Presidencia del Gobierno, corresponden a la OCPUE las funciones de
preparación, planificación, coordinación, seguimiento e impulso de las actividades
necesarias para la organización y el desarrollo de los eventos relacionados con la
Presidencia Española de la Unión Europea. En este sentido, se incluye el desarrollo de
un programa cultural que acerque la Presidencia española de la Unión Europea a la
ciudadanía, tanto a nivel nacional como internacional, destacando la programación de
actividades en Bruselas como sede de las principales instituciones de la Unión Europea.
4. Que la AECID, Agencia Estatal dependiente del Ministerio de Asuntos Exteriores,
de acuerdo con el Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba su
Estatuto, no tiene vocación de mercado ni realiza en mercado abierto las actividades
objeto de colaboración en un porcentaje igual o superior al 20 por ciento, en
cumplimiento del artículo 6.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público. La AECID es la encargada de ejecutar las funciones y competencias
atribuidas al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación en materia
de promoción y desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países, así
como de gestionar y ejecutar la cooperación en el ámbito de la capacitación de capital
humano y la cooperación universitaria y científica al desarrollo
5. Que BOZAR es una sociedad anónima de derecho público que tiene como
finalidad social la organización de conciertos, exposiciones, espectáculos, proyecciones
cinematográficas y actos de carácter educativo, cultural y artístico, de acuerdo con la Ley
de 7 de mayo de 1999 (publicada en el Moniteur Belge n.º 99/2755, de 20 de agosto
de 1999) y el Real Decreto de 19 de diciembre de 2001 (publicado en el Moniteur Belge,
n.º 2002/69, de 11 de enero de 2002) por el que se establecen los estatutos de la
sociedad anónima de utilidad pública denominada «Palacio de Bellas Artes». El contrato
de gestión celebrado entre el Estado belga y el Palacio de Bellas Artes, de conformidad
con el artículo 13 de la citada ley, fue aprobado por el Real Decreto de 24 de abril
de 2022.
cve: BOE-A-2023-22795
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 268
Jueves 9 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 149243
Y de otra, don Christophe Slagmuylder, en nombre y representación del Palacio de
Bellas Artes de Bruselas (en adelante BOZAR), con domicilio en Rue Ravenstein, 24,
1000 Bruselas, y DNI ***5.084****, actuando en calidad de CEO y Director Artístico del
mismo, en virtud del nombramiento acordado por la Ministra de las Instituciones
culturales federales, H. Lahbib y el Consejo de Ministros, publicado por el Real
Decreto 2022/206932, de 4 de diciembre de 2022 (Moniteur Belge n.º 97568, de 16 de
diciembre de 2022).
EXPONEN
1. Que España ostentará la Presidencia rotatoria del Consejo de la Unión Europea
durante el segundo semestre de 2023, lo que conllevará la celebración de Cumbres de
Jefes de Estado o de Gobierno, Reuniones Ministeriales, así como un amplio programa
cultural de difusión y reflexión que acerque a la ciudadanía los valores, proyectos y
desafíos actuales de la Unión Europea.
2. Que, con el objetivo de programar, planificar, coordinar y ejecutar las actividades
de las administraciones públicas, instituciones y organismos en el contexto de la
Presidencia española de la Unión Europea (PEUE), se crea, adscrito a la Presidencia del
Gobierno, por Real Decreto 41/2022, de 12 de enero, el Comité Organizador de la
Presidencia Española de la Unión Europea. El citado Comité estará asistido por la
Oficina de Coordinación para la Presidencia Española de la Unión Europea (OCPUE),
introducida por el Real Decreto 945/2021, de 27 de octubre, por el que se modifica el
Real Decreto 634/2021, de 26 de julio, por el que se reestructura la Presidencia del
Gobierno.
3. Que según establece el Real Decreto 662/2022, de 29 de julio, por el que se
reestructura la Presidencia del Gobierno, corresponden a la OCPUE las funciones de
preparación, planificación, coordinación, seguimiento e impulso de las actividades
necesarias para la organización y el desarrollo de los eventos relacionados con la
Presidencia Española de la Unión Europea. En este sentido, se incluye el desarrollo de
un programa cultural que acerque la Presidencia española de la Unión Europea a la
ciudadanía, tanto a nivel nacional como internacional, destacando la programación de
actividades en Bruselas como sede de las principales instituciones de la Unión Europea.
4. Que la AECID, Agencia Estatal dependiente del Ministerio de Asuntos Exteriores,
de acuerdo con el Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba su
Estatuto, no tiene vocación de mercado ni realiza en mercado abierto las actividades
objeto de colaboración en un porcentaje igual o superior al 20 por ciento, en
cumplimiento del artículo 6.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público. La AECID es la encargada de ejecutar las funciones y competencias
atribuidas al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación en materia
de promoción y desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países, así
como de gestionar y ejecutar la cooperación en el ámbito de la capacitación de capital
humano y la cooperación universitaria y científica al desarrollo
5. Que BOZAR es una sociedad anónima de derecho público que tiene como
finalidad social la organización de conciertos, exposiciones, espectáculos, proyecciones
cinematográficas y actos de carácter educativo, cultural y artístico, de acuerdo con la Ley
de 7 de mayo de 1999 (publicada en el Moniteur Belge n.º 99/2755, de 20 de agosto
de 1999) y el Real Decreto de 19 de diciembre de 2001 (publicado en el Moniteur Belge,
n.º 2002/69, de 11 de enero de 2002) por el que se establecen los estatutos de la
sociedad anónima de utilidad pública denominada «Palacio de Bellas Artes». El contrato
de gestión celebrado entre el Estado belga y el Palacio de Bellas Artes, de conformidad
con el artículo 13 de la citada ley, fue aprobado por el Real Decreto de 24 de abril
de 2022.
cve: BOE-A-2023-22795
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 268