III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CONSUMO. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2023-22798)
Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la interconexión automatizada de los correspondientes registros de interdicción de acceso al juego.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268
Jueves 9 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 149261
Ambas partes intervinientes en la representación y con las facultades que sus
respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación
para obligarse y convenir, al efecto:
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 4 de diciembre de 2019 la Administración General de Estado (Dirección
General de Ordenación del Juego del Ministerio de Hacienda) y la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha (Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas) formalizaron
el convenio indicado en el encabezamiento, de naturaleza interadministrativa, en virtud de lo
expuesto en el capítulo IV del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
El indicado convenio tiene por objeto la interconexión automatizada de los
correspondientes registros de interdicción de acceso al juego (registro de prohibidos) de
ámbito estatal y de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como la
realización de los desarrollos informáticos necesarios para la implementación de la
mencionada interconexión.
Segundo.
Que en la cláusula novena del mencionado convenio, referida a la vigencia del
mismo y de conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015 de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se preveía que el convenio entrase en
vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», previa inscripción en el
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal (REOICO), con una duración de cuatro años, pudiendo los firmantes del
convenio acordar unánimemente su prórroga, en cualquier momento antes de que
finalice ese plazo, por un periodo de hasta cuatro años adicionales, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 49.h).2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre.
Este convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el pasado 19 de
diciembre de 2019.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la adenda.
La presente adenda tiene por objeto prorrogar el contenido del Convenio entre la
Administración General de Estado (Dirección General de Ordenación del Juego del
Ministerio de Consumo) y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (Consejería
de Hacienda y Administraciones Públicas) para la interconexión automatizada de los
correspondientes registros de interdicción de acceso al juego.
Vigencia y efectos.
La presente adenda de convenio se perfeccionará en el momento de su suscripción.
Una vez firmada deberá ser inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Dicha adenda de prórroga
surtirá efectos con su inscripción en el REOICO antes de la fecha de extinción del
convenio. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su
publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha».
Así, las partes firmantes del convenio acuerdan por unanimidad su prórroga por un
periodo de cuatro años adicionales, esto es, hasta el 19 de diciembre de 2027.
cve: BOE-A-2023-22798
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 268
Jueves 9 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 149261
Ambas partes intervinientes en la representación y con las facultades que sus
respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación
para obligarse y convenir, al efecto:
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 4 de diciembre de 2019 la Administración General de Estado (Dirección
General de Ordenación del Juego del Ministerio de Hacienda) y la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha (Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas) formalizaron
el convenio indicado en el encabezamiento, de naturaleza interadministrativa, en virtud de lo
expuesto en el capítulo IV del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
El indicado convenio tiene por objeto la interconexión automatizada de los
correspondientes registros de interdicción de acceso al juego (registro de prohibidos) de
ámbito estatal y de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como la
realización de los desarrollos informáticos necesarios para la implementación de la
mencionada interconexión.
Segundo.
Que en la cláusula novena del mencionado convenio, referida a la vigencia del
mismo y de conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015 de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se preveía que el convenio entrase en
vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», previa inscripción en el
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal (REOICO), con una duración de cuatro años, pudiendo los firmantes del
convenio acordar unánimemente su prórroga, en cualquier momento antes de que
finalice ese plazo, por un periodo de hasta cuatro años adicionales, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 49.h).2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre.
Este convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el pasado 19 de
diciembre de 2019.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la adenda.
La presente adenda tiene por objeto prorrogar el contenido del Convenio entre la
Administración General de Estado (Dirección General de Ordenación del Juego del
Ministerio de Consumo) y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (Consejería
de Hacienda y Administraciones Públicas) para la interconexión automatizada de los
correspondientes registros de interdicción de acceso al juego.
Vigencia y efectos.
La presente adenda de convenio se perfeccionará en el momento de su suscripción.
Una vez firmada deberá ser inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Dicha adenda de prórroga
surtirá efectos con su inscripción en el REOICO antes de la fecha de extinción del
convenio. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su
publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha».
Así, las partes firmantes del convenio acuerdan por unanimidad su prórroga por un
periodo de cuatro años adicionales, esto es, hasta el 19 de diciembre de 2027.
cve: BOE-A-2023-22798
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.