III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-22757)
Resolución de 8 de julio de 2023, del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con el Centro Nacional de Experimentación de Tecnologías de Hidrógeno y Pilas de Combustible, para el proyecto "Fabricación de electrolizadores de alta temperatura tipo Soec", cofinanciada con fondos FEDER.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 267
Miércoles 8 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148854
EXPONEN
I. Que, con fecha, 20 de octubre de 2021, el Centro para el Desarrollo Tecnológico
y la Innovación, E.P.E. (antes denominado Centro para el Desarrollo Tecnológico
Industrial, E.P.E.) (CDTI) y el Centro Nacional de Experimentación de Tecnologías de
Hidrógeno y Pilas de Combustible (CNH2) suscribieron, al amparo de lo previsto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, un convenio para el proyecto «Fabricación de electrolizadores de alta
temperatura tipo Soec», derivado de la convocatoria de iniciativas científico-tecnológicas
en el ámbito público para el fortalecimiento de las instituciones e infraestructuras de I+D
+i, cofinanciada con fondos FEDER («Boletín Oficial del Estado» del 18 de noviembre
de 2021, número 276).
II. Que, en la reunión de la comisión de seguimiento del convenio celebrada el 4 de
octubre de 2022 se plantearon entre otras cuestiones la posibilidad de modificar el plazo
de ejecución previsto en el convenio antes referido y su intención de solicitar
formalmente dicho cambio.
III. Que, mediante escrito formal de fecha 13 de diciembre de 2022 el CNH2 solicitó
al CDTI la ampliación del plazo de ejecución establecido en el referido convenio.
IV. Que, el CDTI envió al CNH2 respuesta formal a la solicitud del CNH2 antes
indicada, manifestando su conformidad a la ampliación del plazo de ejecución del
proyecto y en consecuencia a la modificación del plazo de justificación del mismo.
V. Que, de conformidad a lo establecido en la cláusula undécima del citado
convenio, aquellas modificaciones que impliquen la alteración de los términos del
convenio, deberán ser objeto de aprobación por acuerdo de las partes mediante la
suscripción de la correspondiente Adenda al convenio, previo cumplimiento de todos los
trámites y requisitos que resulten preceptivos. Esta modificación deberá ser comunicada
al Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal (REOICO) al que se refiere la disposición adicional séptima de la
Ley 40/2015 y publicada posteriormente en el BOE.
Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente adenda de
modificación del convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Se acuerda por las partes suscribientes modificar el convenio suscrito el 20 de
octubre de 2021 para el proyecto «Fabricación de electrolizadores de alta temperatura
tipo Soec», derivado de la convocatoria de iniciativas científico-tecnológicas en el ámbito
público para el fortalecimiento de las instituciones e infraestructuras de I+D+i,
cofinanciada con fondos FEDER en los siguientes términos:
«El plazo máximo para presentar la documentación indicada anteriormente por
el beneficiario queda fijado en el 30 de junio de 2023.»
Segunda.
Eficacia de la adenda.
La presente adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes
y será eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el
cve: BOE-A-2023-22757
Verificable en https://www.boe.es
1. Se amplía el plazo máximo de ejecución del proyecto recogido en el anexo II del
convenio hasta el 31 de mayo de 2023.
2. Se modifica el apartado 5.4 de la cláusula quinta del convenio que queda
redactado como sigue:
Núm. 267
Miércoles 8 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148854
EXPONEN
I. Que, con fecha, 20 de octubre de 2021, el Centro para el Desarrollo Tecnológico
y la Innovación, E.P.E. (antes denominado Centro para el Desarrollo Tecnológico
Industrial, E.P.E.) (CDTI) y el Centro Nacional de Experimentación de Tecnologías de
Hidrógeno y Pilas de Combustible (CNH2) suscribieron, al amparo de lo previsto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, un convenio para el proyecto «Fabricación de electrolizadores de alta
temperatura tipo Soec», derivado de la convocatoria de iniciativas científico-tecnológicas
en el ámbito público para el fortalecimiento de las instituciones e infraestructuras de I+D
+i, cofinanciada con fondos FEDER («Boletín Oficial del Estado» del 18 de noviembre
de 2021, número 276).
II. Que, en la reunión de la comisión de seguimiento del convenio celebrada el 4 de
octubre de 2022 se plantearon entre otras cuestiones la posibilidad de modificar el plazo
de ejecución previsto en el convenio antes referido y su intención de solicitar
formalmente dicho cambio.
III. Que, mediante escrito formal de fecha 13 de diciembre de 2022 el CNH2 solicitó
al CDTI la ampliación del plazo de ejecución establecido en el referido convenio.
IV. Que, el CDTI envió al CNH2 respuesta formal a la solicitud del CNH2 antes
indicada, manifestando su conformidad a la ampliación del plazo de ejecución del
proyecto y en consecuencia a la modificación del plazo de justificación del mismo.
V. Que, de conformidad a lo establecido en la cláusula undécima del citado
convenio, aquellas modificaciones que impliquen la alteración de los términos del
convenio, deberán ser objeto de aprobación por acuerdo de las partes mediante la
suscripción de la correspondiente Adenda al convenio, previo cumplimiento de todos los
trámites y requisitos que resulten preceptivos. Esta modificación deberá ser comunicada
al Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal (REOICO) al que se refiere la disposición adicional séptima de la
Ley 40/2015 y publicada posteriormente en el BOE.
Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente adenda de
modificación del convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Se acuerda por las partes suscribientes modificar el convenio suscrito el 20 de
octubre de 2021 para el proyecto «Fabricación de electrolizadores de alta temperatura
tipo Soec», derivado de la convocatoria de iniciativas científico-tecnológicas en el ámbito
público para el fortalecimiento de las instituciones e infraestructuras de I+D+i,
cofinanciada con fondos FEDER en los siguientes términos:
«El plazo máximo para presentar la documentación indicada anteriormente por
el beneficiario queda fijado en el 30 de junio de 2023.»
Segunda.
Eficacia de la adenda.
La presente adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes
y será eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el
cve: BOE-A-2023-22757
Verificable en https://www.boe.es
1. Se amplía el plazo máximo de ejecución del proyecto recogido en el anexo II del
convenio hasta el 31 de mayo de 2023.
2. Se modifica el apartado 5.4 de la cláusula quinta del convenio que queda
redactado como sigue: