III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-22736)
Resolución de 27 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo parcial de revisión salarial para 2023 del Convenio colectivo estatal de notarios y personal empleado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 267
Miércoles 8 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148619
Por la representación de los trabajadores («RT»):
Don José María Ruiz Nieto (FEAPEN-CSIF).
Don José Ramón Blanco Marín (FEAPEN-CSIF).
Don Juan Manuel López Vicente (FEAPEN-CSIF).
Doña Verónica Bianchi Firgaira (FEAPEN-CSIF).
Don Carlos José Rodríguez Santamaría (FEAPEN-CSIF).
Doña Carmen García-Berbel Molina (FEAPEN-CSIF).
Don Luis Fernando Falcón Correa (FEAPEN CSIF).
Don José Luis Mazón Lloret (UGT).
Don Mariano Colmenarejo Jover (UGT).
Don Fernando Escudero Mons (CC.OO.).
Como asesores, don Pablo Urbanos Canorea (FEAPEN-CSIF) y don Javier García
del Cura (FS-USO en representación de Juan Antonio Fernández Piqueras).
EXPONEN
1. Las partes dan comienzo a la reunión extraordinaria de negociación del
convenio, actuando como Presidente, don Antonio Pérez Coca Crespo.
2. En el seno de la referida negociación que se está manteniendo, se han publicado
los resultados estadísticos de los instrumentos públicos del año 2022 vinculados a la
revisión salarial prevista en el artículo 22 del II Convenio.
3. Como consecuencia de lo anterior, las partes han acordado que, con carácter
extraordinario, se reúna la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para aplicar,
con carácter excepcional y con la naturaleza de acuerdo parcial, en tanto en cuanto se
negocia el texto definitivo del nuevo convenio, la revisión salarial para el año 2023, así
como el variable a pagar en el año 2023.
4. Atendiendo a lo anterior, ambas partes comparecen y, libre y voluntariamente, y
en su condición de Comisión Negociadora del Convenio,
ACUERDAN
1. Con carácter excepcional, en tanto y en cuanto se negocia el texto definitivo del
nuevo convenio, y con carácter de acuerdo parcial, aplicar los siguientes incrementos
para el año 2023, que tendrán el carácter de pago a cuenta del incremento que
finalmente se acuerde, en su caso; todo ello, de acuerdo con el sistema establecido por
el artículo 22 del II Convenio Colectivo:
A. Para el año 2023, una vez aplicada la revisión fija del 0,75 %, el salario fijo es el
recogido a continuación:
Grupo 1.º Subgrupo a).
Oficial primero.
Grupo 1.º Subgrupo b).
Nivel 1.
28.864,52
Nivel 2.
27.323,78
Nivel 3.
25.950,37
Nivel 1.
28.864,52
Nivel 2.
27.323,78
Nivel 3.
25.950,37
cve: BOE-A-2023-22736
Verificable en https://www.boe.es
Salario base bruto 2023
–
(Euros por año)
Categoría
Núm. 267
Miércoles 8 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148619
Por la representación de los trabajadores («RT»):
Don José María Ruiz Nieto (FEAPEN-CSIF).
Don José Ramón Blanco Marín (FEAPEN-CSIF).
Don Juan Manuel López Vicente (FEAPEN-CSIF).
Doña Verónica Bianchi Firgaira (FEAPEN-CSIF).
Don Carlos José Rodríguez Santamaría (FEAPEN-CSIF).
Doña Carmen García-Berbel Molina (FEAPEN-CSIF).
Don Luis Fernando Falcón Correa (FEAPEN CSIF).
Don José Luis Mazón Lloret (UGT).
Don Mariano Colmenarejo Jover (UGT).
Don Fernando Escudero Mons (CC.OO.).
Como asesores, don Pablo Urbanos Canorea (FEAPEN-CSIF) y don Javier García
del Cura (FS-USO en representación de Juan Antonio Fernández Piqueras).
EXPONEN
1. Las partes dan comienzo a la reunión extraordinaria de negociación del
convenio, actuando como Presidente, don Antonio Pérez Coca Crespo.
2. En el seno de la referida negociación que se está manteniendo, se han publicado
los resultados estadísticos de los instrumentos públicos del año 2022 vinculados a la
revisión salarial prevista en el artículo 22 del II Convenio.
3. Como consecuencia de lo anterior, las partes han acordado que, con carácter
extraordinario, se reúna la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para aplicar,
con carácter excepcional y con la naturaleza de acuerdo parcial, en tanto en cuanto se
negocia el texto definitivo del nuevo convenio, la revisión salarial para el año 2023, así
como el variable a pagar en el año 2023.
4. Atendiendo a lo anterior, ambas partes comparecen y, libre y voluntariamente, y
en su condición de Comisión Negociadora del Convenio,
ACUERDAN
1. Con carácter excepcional, en tanto y en cuanto se negocia el texto definitivo del
nuevo convenio, y con carácter de acuerdo parcial, aplicar los siguientes incrementos
para el año 2023, que tendrán el carácter de pago a cuenta del incremento que
finalmente se acuerde, en su caso; todo ello, de acuerdo con el sistema establecido por
el artículo 22 del II Convenio Colectivo:
A. Para el año 2023, una vez aplicada la revisión fija del 0,75 %, el salario fijo es el
recogido a continuación:
Grupo 1.º Subgrupo a).
Oficial primero.
Grupo 1.º Subgrupo b).
Nivel 1.
28.864,52
Nivel 2.
27.323,78
Nivel 3.
25.950,37
Nivel 1.
28.864,52
Nivel 2.
27.323,78
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25.950,37
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Salario base bruto 2023
–
(Euros por año)
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