III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-22678)
Resolución 420/38432/2023, de 30 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con Servicio de Capacitación CECAP Microempresa Cooperativa de iniciativa social sin ánimo de lucro de Castilla-La Mancha, Sociedad Microempresa Cooperativa de Castilla-La Mancha, para facultar la inserción laboral de personas con discapacidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 266
Martes 7 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148241
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 1 de febrero de 2023 se suscribió un convenio entre el Ministerio de
Defensa y la entidad «Servicio de Capacitación CECAP Microempresa Cooperativa de
iniciativa social sin ánimo de lucro de Castilla-La Mancha, Sociedad Microempresa
Cooperativa de Castilla-La Mancha», para facilitar la inserción laboral de personas con
discapacidad, publicado mediante Resolución 420/38048/2023, de 3 de febrero, de la
Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa, en el «Boletín Oficial del Estado»
núm. 37, de fecha 13 de febrero de 2023.
Segundo.
Que en la cláusula séptima, Medidas de control y seguimiento de dicho convenio, se
establece que cualquier modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo
unánime de los firmantes.
Tercero.
Que en la cláusula sexta, Financiación de dicho convenio, y en relación con las
obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del Real Decretoley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras
medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dice que dado que todavía no
se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación, ambas partes se
comprometen a firmar una adenda en la que se contemplen las obligaciones que
asumirían para dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado real decreto-ley.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Modificación del convenio entre el Ministerio de Defensa y la entidad «Servicio
de Capacitación CECAP Microempresa Cooperativa de iniciativa social sin ánimo de
lucro de Castilla La Mancha, Sociedad Microempresa Cooperativa de Castilla-La
Mancha», para facilitar la inserción laboral de personas con discapacidad, suscrito
el 1 de febrero de 2023.
El convenio entre el Ministerio de Defensa y la entidad «Servicio de Capacitación
CECAP Microempresa Cooperativa de iniciativa social sin ánimo de lucro de Castilla La
Mancha, Sociedad Microempresa Cooperativa de Castilla-La Mancha», para facultar la
inserción laboral de personas con discapacidad, suscrito el 1 de febrero de 2023, queda
modificado como sigue:
Uno.
La cláusula sexta del convenio queda redactada como sigue:
Las actividades a desarrollar por este convenio no implicarán compromiso
económico o financiero alguno para el Ministerio de Defensa. La realización de las
prácticas no supondrá, en ningún caso, la percepción de emolumentos o
indemnizaciones a cargo de dicho ministerio.
En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b la disposición adicional
quincuagésima segunda “Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos
que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas, incluidas en
programas de formación”, del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
cve: BOE-A-2023-22678
Verificable en https://www.boe.es
«Sexta. Financiación.
Núm. 266
Martes 7 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148241
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 1 de febrero de 2023 se suscribió un convenio entre el Ministerio de
Defensa y la entidad «Servicio de Capacitación CECAP Microempresa Cooperativa de
iniciativa social sin ánimo de lucro de Castilla-La Mancha, Sociedad Microempresa
Cooperativa de Castilla-La Mancha», para facilitar la inserción laboral de personas con
discapacidad, publicado mediante Resolución 420/38048/2023, de 3 de febrero, de la
Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa, en el «Boletín Oficial del Estado»
núm. 37, de fecha 13 de febrero de 2023.
Segundo.
Que en la cláusula séptima, Medidas de control y seguimiento de dicho convenio, se
establece que cualquier modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo
unánime de los firmantes.
Tercero.
Que en la cláusula sexta, Financiación de dicho convenio, y en relación con las
obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del Real Decretoley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras
medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dice que dado que todavía no
se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación, ambas partes se
comprometen a firmar una adenda en la que se contemplen las obligaciones que
asumirían para dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado real decreto-ley.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Modificación del convenio entre el Ministerio de Defensa y la entidad «Servicio
de Capacitación CECAP Microempresa Cooperativa de iniciativa social sin ánimo de
lucro de Castilla La Mancha, Sociedad Microempresa Cooperativa de Castilla-La
Mancha», para facilitar la inserción laboral de personas con discapacidad, suscrito
el 1 de febrero de 2023.
El convenio entre el Ministerio de Defensa y la entidad «Servicio de Capacitación
CECAP Microempresa Cooperativa de iniciativa social sin ánimo de lucro de Castilla La
Mancha, Sociedad Microempresa Cooperativa de Castilla-La Mancha», para facultar la
inserción laboral de personas con discapacidad, suscrito el 1 de febrero de 2023, queda
modificado como sigue:
Uno.
La cláusula sexta del convenio queda redactada como sigue:
Las actividades a desarrollar por este convenio no implicarán compromiso
económico o financiero alguno para el Ministerio de Defensa. La realización de las
prácticas no supondrá, en ningún caso, la percepción de emolumentos o
indemnizaciones a cargo de dicho ministerio.
En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b la disposición adicional
quincuagésima segunda “Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos
que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas, incluidas en
programas de formación”, del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
cve: BOE-A-2023-22678
Verificable en https://www.boe.es
«Sexta. Financiación.