V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. (BOE-B-2023-32556)
Resolución de la Consejería de Empresa, Empleo y Energía por la que se otorga la autorización administrativa previa y de construcción y se declara la utilidad pública de una instalación eléctrica a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, correspondiente a la línea subterránea 132 kV, doble circuito, de la subestación Ibiza a la subestación Bossa, con su Adenda (TR 10/2020).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de noviembre de 2023

Sec. V-B. Pág. 52881

- Documento de solicitud de tramitación ambiental de 13 de julio de 2020
(aportado posteriormente el pago de la tasa de fecha 27 de julio de 2020).
2. Esta actuación requiere evaluación ambiental ordinaria, de acuerdo con el
anexo I de la Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Illes
Balears. Está incluida en el grupo 3.8 de líneas de transmisión de energía eléctrica
de tensión igual o superior a 66 kV a partir de 500 m de longitud. De acuerdo con
el artículo 36.1 de la Ley 21/2013, el órgano sustantivo la someterá a información
pública durante un plazo no inferior a treinta días hábiles, previo anuncio en Boletín
Oficial del Estado o diario oficial que corresponda y en su sede electrónica.
3. Esta actuación está incluida en el documento «Planificación Energética. Plan
de desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica 2015-2020», aprobado
por el Consejo de Ministros de 16 de octubre de 2015 y modificada mediante
Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de julio de 2018, contemplada en el Anexo
I.2 en la página 1 (actuación de máxima prioridad para 2020), así como en el Plano
Director Sectorial Energético (PDSE) de las Illes Balears, dado el artículo 19 del
Decreto-ley 3/2014, de 5 de diciembre, de medidas urgentes destinadas a
potenciar la calidad, la competitividad y la desestacionalización turística en las Illes
Balears, que modifica la disposición adicional segunda del Decreto 96/2005, de 23
de septiembre, de aprobación definitiva de la revisión del PDSE. Esta disposición
adicional segunda establece que las obras e instalaciones previstas en la
planificación estatal obligatoria de las redes de transporte de electricidad y de gas,
como también las modificaciones en las subestaciones de distribución de energía
eléctrica existentes o planificadas, desarrolladas de acuerdo con las leyes del
sector eléctrico y de hidrocarburos, quedan automáticamente incluidas en las
determinaciones del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears,
especialmente en cuanto a los efectos de declaración de utilidad pública
energética. Esta declaración de utilidad pública tiene los mismos efectos que los
previstos en los artículos 25, 26.5 y 26.6 del Plan Director Sectorial Energético de
las Illes Balears mencionado y tendrá que seguir el procedimiento de declaración
de utilidad pública regulado en el artículo 3 de la Ley 13/2012, de 20 de noviembre,
de medidas urgentes para la activación económica en materia de industria y
energía, nuevas tecnologías, residuos, aguas, otras actividades y medidas
tributarias.
4. El 18 de septiembre de 2020 se realizó informe previo favorable para la
información pública del proyecto y se dictó la apertura del trámite de información
pública de autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad
pública del proyecto. En esta, figura anexa la lista concreta e individualizada de
bienes y derechos afectados.
5. Se solicitaron informes a los siguientes organismos:
- Infraestructuras Viarias del Consejo Insular de Ibiza.
- Ordenación del Territorio del Consejo Insular de Ibiza (también por exposición
pública).
- Servicio de Patrimonio del Consejo Insular de Ibiza.
- Área de Medio Ambiente del Consejo Insular de Ibiza.
- Servicio de Salud Ambiental de la Dirección General de Salud Pública y

cve: BOE-B-2023-32556
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Núm. 265