V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. (BOE-B-2023-32556)
Resolución de la Consejería de Empresa, Empleo y Energía por la que se otorga la autorización administrativa previa y de construcción y se declara la utilidad pública de una instalación eléctrica a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, correspondiente a la línea subterránea 132 kV, doble circuito, de la subestación Ibiza a la subestación Bossa, con su Adenda (TR 10/2020).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265

Lunes 6 de noviembre de 2023

Sec. V-B. Pág. 52898

4

Tur Serra Santiago
Salamanca Mari Martina
Bayona Tur Josep
Bayona Tur Gemma
Tur Salamanca Maria Lourdes
Tur Salamanca Maria Pilar
Tur Salamanca Ana Maria
Tur Salamanca Ricardo
Tur Salamanca Maria del Carmen
Tur Salamanca Nuria
Tur Salamanca Carlos
Tur Carbonell David
Tur Carbonell Carlos

07048A0020008700
00DX

2

87

12

-

-

69

Labor o cultivable secano.

5

Ayuntamiento de Sant Josep

07048A00209000

2

9000

1.328

CE01; AFO 03;
AFO 04; AFO
CE01

46

2.357

Vía de comunicación de
dominio público.
C. de Castelló, c. de Caldetes.

3. Obligar al promotor a cumplir todos los condicionantes efectuados por los
organismos consultados durante el procedimiento de exposición pública y que
figuran en los antecedentes de esta Resolución, así como a la Declaración de
Impacto Ambiental.
4. Obligar al promotor a aportar a este Servicio y a la CMAIB:
- Un Plan de Vigilancia redactado por el auditor ambiental con las
características mencionadas en el Estudio de Impacto Ambiental. Deberá incluir
indicadores claros y específicos para hacer el seguimiento objetivo y documentado
de la efectividad de las medidas correctoras y preventivas en cada una de las
fases del proyecto, además de incluir las actuaciones que se llevarán a cabo en el
supuesto de que las medidas no obtengan el resultado deseado.
- Una declaración responsable firmada por el promotor donde se garantice el
cumplimiento de las prescripciones establecidas en la Declaración de Impacto
Ambiental.
5. Esta Resolución tomará efectos y plena vigencia a partir del 17 de mayo de
2022, siempre que el promotor haya cumplido antes de esta fecha lo que
especifica el punto anterior.
6. Obligar al promotor a presentar en esta Dirección General antes del inicio de
las obras la siguiente documentación:
- Justificante de haber liquidado ante el Ayuntamiento la tributación municipal
correspondiente, tal como prevé el artículo 29 del Plan Director Sectorial
Energético de las Illes Balears.

- Plan de seguimiento redactado por el auditor ambiental que, además de
incluir el contenido mínimo establecido en la Ley de Evaluación Ambiental, tendrá
que prever la emisión de informes de seguimiento durante la fase de construcción,
con una periodicidad de quince días, que certifiquen el cumplimiento de las
medidas preventivas, correctoras y compensatorias del estudio de impacto
ambiental, el cumplimiento de los condicionantes de la declaración de impacto
ambiental, así como de los otros informes emitidos por los organismos afectados.
7. Fijar como plazo máximo para la realización de estas actuaciones dos años
desde la fecha de concesión de esta autorización administrativa, sin perjuicio de
que otras disposiciones puedan establecer un plazo inferior.
8. Indicar que, una vez ejecutadas las instalaciones objeto de esta

cve: BOE-B-2023-32556
Verificable en https://www.boe.es

- Nombramiento del técnico director de obras y del técnico cualificado para el
control arqueológico designado por la fase de excavación y construcción sobre el
terreno.