III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-22630)
Resolución 420/38430/2023, de 30 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para el desarrollo de actividades docentes, de investigación y de otros ámbitos de interés mutuo durante los años 2023, 2024, 2025 y 2026.
<< 6 << Página 6
Página 7 Pág. 7
-
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265

Lunes 6 de noviembre de 2023
Duodécima.

Sec. III. Pág. 147962

Modificación del convenio.

El convenio podrá modificarse en cualquier momento a requerimiento de alguna de
las partes, y siempre por acuerdo unánime de los firmantes, mediante adenda de
modificación a este convenio.
Decimotercera.

Causas de extinción y resolución.

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución. Son causas de resolución de
este convenio las establecidas en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Así mismo, el convenio se podrá extinguir por denuncia expresa de cualquiera de las
partes, en cualquier momento, con tres meses de antelación a la fecha en la que se
pretenda que la referida finalización surta efectos.
En caso de finalización anticipada del convenio, si existen actuaciones en curso de
ejecución, las partes, a propuesta de la comisión mixta de seguimiento, podrán acordar
la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas,
estableciendo un plazo improrrogable para su finalización.
Los compromisos financieros se entenderán cumplidos cuando su objeto se haya
realizado en los términos y a satisfacción de ambas partes, de acuerdo con sus
respectivas competencias, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
El cumplimiento y la resolución del convenio darán lugar a la liquidación del mismo,
con arreglo al artículo 52.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, con el objeto de
determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes.
Decimocuarta. Consecuencias
compromisos.

en

caso

de

incumplimiento

de

obligaciones

y

En el caso de la causa de resolución de incumplimiento de las obligaciones y
compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, con arreglo a los
artículos 49.e) y 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, cualquiera de las partes podrá
notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de 30 días
naturales con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este
requerimiento será comunicado a la comisión mixta de seguimiento. Si trascurrido el
plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió
notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá
resuelto el convenio.
La resolución del convenio por esta causa conllevará la indemnización de los
perjuicios causados, que consiste en restituir el importe de las obligaciones y
compromisos económicos asumidos y abonados por adelantado por la parte cumplidora,
que la parte incumplidora abonará, en el plazo de un mes, a la otra parte.

cve: BOE-A-2023-22630
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente convenio en
dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por
el Ministerio de Defensa, el Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Teodoro Esteban López
Calderón.–Por la Universidad Complutense de Madrid, El Rector Magnífico, Joaquín
Goyache Goñi.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X