III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-22630)
Resolución 420/38430/2023, de 30 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para el desarrollo de actividades docentes, de investigación y de otros ámbitos de interés mutuo durante los años 2023, 2024, 2025 y 2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265

Lunes 6 de noviembre de 2023

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vez realizada la actividad, antes del 1 de diciembre de cada uno de los años 2023, 2024,
2025 y 2026.
La aportación económica total por parte del MINISDEF será por un importe máximo
de treinta y un mil euros (31.000,00 €), por año, IVA incluido. El resto de la financiación
corresponderá a la UCM.
Por parte de la UCM la financiación se realizará con los ingresos que generen las
tasas académicas.
Las aportaciones personales de las labores del profesorado y personal administrativo
para la organización, coordinación y gestión de las actividades del convenio se estiman
en 16.100,00 euros, por año de vigencia del convenio.
Las labores llevadas a cabo por parte de personal becario se estiman en 5.500,00
euros por año de vigencia del convenio.
Igualmente, el coste de las instalaciones para la realización de las actividades en
mantenimiento, agua, luz, calefacción y aire acondicionado se estiman en 12.170,00
euros por año de vigencia del convenio.
El coste de material didáctico, material de oficina no inventariable y material
informático no inventariable es estimado en 1.300,00 eruos por año de vigencia del
convenio.
En cualquier caso, el CESEDEN y la UCM podrán buscar la participación, como
entidades colaboradoras, de otras instituciones.
Sexta. Medidas de seguimiento, vigilancia y control.
Se constituirá una comisión mixta de seguimiento, mecanismo de seguimiento,
vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por las
partes.
Su composición será la siguiente:
a)

Por el CESEDEN:

1.º El Director del IEEE o persona en quien delegue.
2.º Un profesor o analista destinado en el IEEE.
b)

Por la UCM:

1.º Vicerrector de Estudios, o persona en quien delegue.
2.º Vicerrector de Relaciones Institucionales, o persona en quien delegue.
3.º Un profesor de la UCM.

La periodicidad de las reuniones será anual con carácter ordinario, reuniéndose
también, con carácter extraordinario, cuando se considere necesario a criterio de las
partes. Los acuerdos se adoptarán por consenso.
Séptima. Medidas para la salvaguarda de la seguridad, y estancia en instalaciones del
Ministerio de Defensa.
Las partes se comprometen a adoptar medidas para limitar, por motivos de seguridad
y Defensa Nacional, el acceso a la información que pueda generarse en las actividades
objeto de este convenio. En este sentido, se respetará la normativa en vigor sobre
materias clasificadas, seguridad en la información y seguridad militar, así como la

cve: BOE-A-2023-22630
Verificable en https://www.boe.es

Las funciones de esta comisión mixta de seguimiento serán resolver los problemas
de interpretación y cumplimiento del convenio que puedan plantearse, así como realizar
el control y seguimiento de las acciones derivadas del convenio y concretar para cada
año de vigencia del convenio las actividades docentes, académicas e investigadoras
relacionadas con la seguridad y la defensa: