III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2023-22580)
Resolución de 25 de octubre de 2023, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de suministro de información para finalidades no tributarias.
<< 9 << Página 9
Página 10 Pág. 10
-
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264

Sábado 4 de noviembre de 2023

Categoría

Información

Sec. III. Pág. 147741

Procedimiento administrativo

IMPUESTO SOBRE EL
PATRIMONIO.

Indicación de si se ha presentado la declaración del
impuesto.

Los procedimientos establecidos por la Comunidad
Autónoma en cada caso.

OTRA INFORMACIÓN.

Número de perceptores medios de rendimientos del
trabajo personal.

Los procedimientos establecidos por la Comunidad
Autónoma en cada caso.»

Novena.

Prórroga del convenio.

En virtud de la cláusula decimosexta del convenio y conforme al artículo 49 de la Ley
de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes firmantes acuerdan la prórroga
del Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Comunidad
Autónoma de Andalucía, de fecha 28 de enero de 2020, en materia de suministro de
información para finalidades no tributarias, incluyendo las modificaciones incorporadas al
mismo mediante la Adenda suscrita en fecha 2 de marzo de 2022 y las incorporadas
mediante la presente Adenda. Dicha prórroga, por un periodo de otros cuatro años,
comenzará a contar desde la finalización de la vigencia prevista en la cláusula
decimosexta del convenio, previa inscripción de la adenda en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal antes de la
fecha de extinción del convenio.
Décima.

Entrada en vigor.

Las modificaciones del convenio contenidas en la presente adenda serán de
aplicación desde la fecha de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos
e Instrumentos de Cooperación. Asimismo, la adenda se publicará en el «Boletín Oficial
del Estado».

cve: BOE-A-2023-22580
Verificable en https://www.boe.es

En prueba de conformidad, ambas partes lo firman electrónicamente en el lugar
indicado en el encabezamiento.–Por la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Jesús Gascón Catalán.–
Por la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Consejera de Economía, Hacienda y
Fondos Europeos de la Junta de Andalucía, Carolina España Reina.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X