III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-22527)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión de las tablas salariales correspondientes al año 2023 del Convenio colectivo del personal laboral del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263
Viernes 3 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 147358
el incremento establecido en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2023 y que una vez firmadas se incorporan a la
presente acta. Dicho incremento supone un aumento en todos los conceptos retributivos
de las tablas salariales y en el complemento personal de antigüedad del 2,5 %, salvo en
el complemento de puesto de trabajo, para el que se acuerda un incremento lineal en
todos aquellos puestos que tengan un complemento inferior a 200 euros.
Segundo.
Con este Acuerdo se cierran los efectos económicos de la negociación del
ejercicio 2023, sin perjuicio de lo previsto en el apartado 2 del artículo 19 de la
Ley 31/2022 que establece dos incrementos adicionales con efectos 1 de enero,
respecto de las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2022, siempre que se
cumplan las condiciones fijadas en el citado artículo.
Tercero.
Remitir el acta con sus anexos y la documentación necesaria, para solicitar la
autorización, a los órganos competentes de la Administración General del Estado.
Cuarto.
Autorizar expresamente a don Horacio González Rosell López para que, en nombre
y por Delegación de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Consejo de
Administración del Patrimonio Nacional, de la que forma parte, proceda a realizar por
medios electrónicos la tramitación necesaria ante la Dirección General de Trabajo del
Ministerio de Trabajo y Economía Social para solicitar la inscripción y depósito de la
revisión salarial del personal laboral del Consejo de Administración del Patrimonio
Nacional correspondiente al ejercicio 2023.
Se levanta la sesión a las 13:00 horas, dando fe de lo tratado con sus firmas los
representantes de cada una de las partes negociadoras.–Por el Patrimonio Nacional.–
Por la representación de los Trabajadores: Representación de USO, representación de
CSI-F, representación de UGT, representación de CCOO, representación de CGT.
Tablas salariales año 2023
Grupo
Nivel
retributivo
1-A
B) Pagas extras
C) Antigüedad
Cuantía mensual
–
Euros
Cuantía anual
–
Euros
Cuantía anual
–
Euros
Cuantía mensual
–
Euros
Cuantía anual
–
Euros
0
2.289,99
27.479,88
4.579,98
30,60
428,40
1-B
1
2.085,93
25.031,16
4.171,86
30,60
428,40
2
2
1.879,61
22.555,32
3.759,22
30,60
428,40
3-A
3
1.679,79
20.157,48
3.359,58
30,60
428,40
3-B
4
1.495,81
17.949,72
2.991,62
30,60
428,40
3-C
5
1.358,90
16.306,80
2.717,80
30,60
428,40
3-D
6
1.282,12
15.385,44
2.564,24
30,60
428,40
4-A
7
1.200,01
14.400,12
2.400,02
30,60
428,40
4-B
8
1.158,97
13.907,64
2.317,94
30,60
428,40
cve: BOE-A-2023-22527
Verificable en https://www.boe.es
A) Salario Base
Núm. 263
Viernes 3 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 147358
el incremento establecido en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2023 y que una vez firmadas se incorporan a la
presente acta. Dicho incremento supone un aumento en todos los conceptos retributivos
de las tablas salariales y en el complemento personal de antigüedad del 2,5 %, salvo en
el complemento de puesto de trabajo, para el que se acuerda un incremento lineal en
todos aquellos puestos que tengan un complemento inferior a 200 euros.
Segundo.
Con este Acuerdo se cierran los efectos económicos de la negociación del
ejercicio 2023, sin perjuicio de lo previsto en el apartado 2 del artículo 19 de la
Ley 31/2022 que establece dos incrementos adicionales con efectos 1 de enero,
respecto de las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2022, siempre que se
cumplan las condiciones fijadas en el citado artículo.
Tercero.
Remitir el acta con sus anexos y la documentación necesaria, para solicitar la
autorización, a los órganos competentes de la Administración General del Estado.
Cuarto.
Autorizar expresamente a don Horacio González Rosell López para que, en nombre
y por Delegación de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Consejo de
Administración del Patrimonio Nacional, de la que forma parte, proceda a realizar por
medios electrónicos la tramitación necesaria ante la Dirección General de Trabajo del
Ministerio de Trabajo y Economía Social para solicitar la inscripción y depósito de la
revisión salarial del personal laboral del Consejo de Administración del Patrimonio
Nacional correspondiente al ejercicio 2023.
Se levanta la sesión a las 13:00 horas, dando fe de lo tratado con sus firmas los
representantes de cada una de las partes negociadoras.–Por el Patrimonio Nacional.–
Por la representación de los Trabajadores: Representación de USO, representación de
CSI-F, representación de UGT, representación de CCOO, representación de CGT.
Tablas salariales año 2023
Grupo
Nivel
retributivo
1-A
B) Pagas extras
C) Antigüedad
Cuantía mensual
–
Euros
Cuantía anual
–
Euros
Cuantía anual
–
Euros
Cuantía mensual
–
Euros
Cuantía anual
–
Euros
0
2.289,99
27.479,88
4.579,98
30,60
428,40
1-B
1
2.085,93
25.031,16
4.171,86
30,60
428,40
2
2
1.879,61
22.555,32
3.759,22
30,60
428,40
3-A
3
1.679,79
20.157,48
3.359,58
30,60
428,40
3-B
4
1.495,81
17.949,72
2.991,62
30,60
428,40
3-C
5
1.358,90
16.306,80
2.717,80
30,60
428,40
3-D
6
1.282,12
15.385,44
2.564,24
30,60
428,40
4-A
7
1.200,01
14.400,12
2.400,02
30,60
428,40
4-B
8
1.158,97
13.907,64
2.317,94
30,60
428,40
cve: BOE-A-2023-22527
Verificable en https://www.boe.es
A) Salario Base