III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-22496)
Resolución de 22 de octubre de 2023, del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., por la que se publica la Adenda modificativa del Convenio con la Fundación SEPI, F.S.P., para la organización y desarrollo entre las partes de un programa de becas de formación práctica.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262
Jueves 2 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 146970
Posteriormente, las partes suscribieron con fecha 23 de abril de 2023 una adenda
modificativa del texto del convenio («Boletín Oficial del Estado» de 4 de abril de 2022,
número 80).
II. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada hasta
la fecha en el marco del citado convenio, si bien, nuevamente han detectado, la
necesidad de modificar el texto del convenio en lo que respecta a la aportación financiera
para la compensación económica de los gastos generados por la gestión del programa
de becas, que se detalla en el anexo I de este.
III. En este sentido, las partes están de acuerdo en que sería conveniente con el fin
de compensar la escalada inflacionista que atraviesa la economía, actualizar la
aportación que CDTI satisface como compensación económica a la Fundación SEPI,
específicamente para aquellas becas desarrolladas en los destinos internacionales de
Ginebra y Bruselas. Esta actualización será aplicable tanto a las futuras becas como a
las que actualmente se están desarrollando, una vez haya entrado en vigor la presente
adenda de conformidad a la cláusula tercera de la misma.
IV. Asimismo, se acuerda por las partes y para las becas desarrolladas en el
extranjero, la modificación de los posibles costes reembolsables, manteniendo
exclusivamente los gastos por transporte.
V. Por último, con motivo de la creación de la Agencia Espacial Española y la
aprobación de su estatuto en virtud del Real Decreto 158/2023, de 7 de marzo, la beca
desarrollada en el destino internacional de Amsterdam, en la ESA (Agencia Espacial
Europea)-ESTEC (Centro Europeo de Investigación y Tecnología Espacial), prevista en
el convenio que nos ocupa, deja de tener sentido, y en consecuencia las partes están de
acuerdo en proceder a su eliminación.
Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente adenda de
modificación del convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Las partes acuerdan eliminar del texto del convenio y sus anexos I y II, cualquier
referencia a la beca en la ESA (Agencia Espacial Europea)-ESTEC (Centro Europeo de
Investigación y Tecnología Espacial) en Amsterdam.
Segunda.
Las partes acuerdan modificar la redacción del apartado a), punto 2 de la cláusula
primera del anexo I del convenio denominada «Objeto del acuerdo de compensación
económica. Conceptos y costes asociados», quedando redactado como sigue:
«a) Asignación anual bruta, cotización a la Seguridad Social por becario o
becaria mensual y otros:
• Beca en CERN (Consejo Europeo para la Investigación Nuclear) Ginebra: 3.750
euros bruto/mes.
• Beca en SOST (Oficina Española de Ciencia y Tecnología) de CDTI.
Bruselas: 2.375 euros bruto/mes.
• Beca en centros de CDTI en Madrid: 1.050 euros bruto/mes.
cve: BOE-A-2023-22496
Verificable en https://www.boe.es
– Asignación anual bruta dividida en pagos de 12 meses, en función de la
efectiva fecha de incorporación de la persona beneficiaria y que variará según el
destino donde se desarrolle la beca:
Núm. 262
Jueves 2 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 146970
Posteriormente, las partes suscribieron con fecha 23 de abril de 2023 una adenda
modificativa del texto del convenio («Boletín Oficial del Estado» de 4 de abril de 2022,
número 80).
II. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada hasta
la fecha en el marco del citado convenio, si bien, nuevamente han detectado, la
necesidad de modificar el texto del convenio en lo que respecta a la aportación financiera
para la compensación económica de los gastos generados por la gestión del programa
de becas, que se detalla en el anexo I de este.
III. En este sentido, las partes están de acuerdo en que sería conveniente con el fin
de compensar la escalada inflacionista que atraviesa la economía, actualizar la
aportación que CDTI satisface como compensación económica a la Fundación SEPI,
específicamente para aquellas becas desarrolladas en los destinos internacionales de
Ginebra y Bruselas. Esta actualización será aplicable tanto a las futuras becas como a
las que actualmente se están desarrollando, una vez haya entrado en vigor la presente
adenda de conformidad a la cláusula tercera de la misma.
IV. Asimismo, se acuerda por las partes y para las becas desarrolladas en el
extranjero, la modificación de los posibles costes reembolsables, manteniendo
exclusivamente los gastos por transporte.
V. Por último, con motivo de la creación de la Agencia Espacial Española y la
aprobación de su estatuto en virtud del Real Decreto 158/2023, de 7 de marzo, la beca
desarrollada en el destino internacional de Amsterdam, en la ESA (Agencia Espacial
Europea)-ESTEC (Centro Europeo de Investigación y Tecnología Espacial), prevista en
el convenio que nos ocupa, deja de tener sentido, y en consecuencia las partes están de
acuerdo en proceder a su eliminación.
Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente adenda de
modificación del convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Las partes acuerdan eliminar del texto del convenio y sus anexos I y II, cualquier
referencia a la beca en la ESA (Agencia Espacial Europea)-ESTEC (Centro Europeo de
Investigación y Tecnología Espacial) en Amsterdam.
Segunda.
Las partes acuerdan modificar la redacción del apartado a), punto 2 de la cláusula
primera del anexo I del convenio denominada «Objeto del acuerdo de compensación
económica. Conceptos y costes asociados», quedando redactado como sigue:
«a) Asignación anual bruta, cotización a la Seguridad Social por becario o
becaria mensual y otros:
• Beca en CERN (Consejo Europeo para la Investigación Nuclear) Ginebra: 3.750
euros bruto/mes.
• Beca en SOST (Oficina Española de Ciencia y Tecnología) de CDTI.
Bruselas: 2.375 euros bruto/mes.
• Beca en centros de CDTI en Madrid: 1.050 euros bruto/mes.
cve: BOE-A-2023-22496
Verificable en https://www.boe.es
– Asignación anual bruta dividida en pagos de 12 meses, en función de la
efectiva fecha de incorporación de la persona beneficiaria y que variará según el
destino donde se desarrolle la beca: